jueves 31 de diciembre de 2009

En la Sierra, "Silencio"

Está prohibido el acceso motorizado a las montañas


Una iniciativa de Mountain Wilderness de Ayllón, Guadarrama y Gredos

Las montañas y nuestras sierras, son espacios extremadamente sensibles a las agresiones del hombre. La alta montaña, sus bosques y sus ríos, las praderas o los roquedos, la fauna y la flora salvaje, nos aportan valores que van más allá del medio ambiente, de la ecología o de la ciencia y que tienen que ver con la forma de sentir y vivir la montaña.

El silencio, la quietud, o la contemplación del paisaje en su estado natural son algunos de estos otros aspectos que se van perdiendo de forma irreversible en nuestros montes debido a las continuas agresiones y amenazas que sufren.



Las amenazas:


Una vez esquilmada las costas españolas, las amenazas se ciernen ahora sobre un espacio virgen: las montañas.
- Una urbanización desaforada…
- Un turismo depredador…
- Infraestructuras y construcciones por todas partes…
- Y ahora… la invasión de 4x4, motos y quads en el corazón de la montaña.


….. Silencio


Queremos hacer un llamamiento para sensibilizar a la opinión pública y a las administraciones sobre la importancia que tiene el control de los accesos con vehículos a motor (Quads, motos y 4x4) al interior de las montañas. No basta con que existan unas leyes y normativas que protejan los espacios naturales de esta nueva agresión al medio, es preciso que se doten los mecanismos de formación e información, así como de prevención, vigilancia y sanción de los comportamientos vandálicos e ilegales.



La ley


El acceso motorizado (4x4, motos o quads) a las montañas, fuera de las carreteras o los caminos autorizados, ESTA PROHIBIDO y regulando por una abundante legislación. Es preciso que se sepa y que se denuncien sus incumplimientos.

  • Ley de Montes (10/2006 de 28 de abril de modificación de la ley 43/2003 de 21 de noviembre). Limita la circulación de vehículos a motor por pistas fuera de la red de carreteras y caminos vecinales, exclusivamente a las actividades de vigilancia, extinción de incendios, gestión agroforestal y, si las hubiera, servidumbres de paso.
  • Ley de Vías Pecuarias (3/1995 de 23 de marzo): Prohíbe la circulación de vehículos a motor por toda la red de Vías Pecuarias con excepción de los usos ganaderos, rurales o emergencias.


Otras legislaciones estatales o autonómicas que prohíben o regulan el acceso a las montañas con vehículos motorizados:

  • Ley de Conservación de Espacios naturales y de Flora y Fauna Silvestre (4/1989 de 27 de marzo).
  • Ley de aguas (29/85) y Reglamento de dominio público hidráulico (R.D. 849/86 de 11 de abril).
  • Madrid: Decreto de circulación y práctica de deportes con vehículos de motor (110/1988 de 18 de octubre). Prohíbe expresamente la circulación por los montes a cargo de la Comunidad de Madrid excepto con autorizaciones especiales o en las áreas específicamente señaladas para ello.
  • Castilla y León: Decreto que regula la circulación y prácticas de deportes, con vehículos a motor en los montes y vías pecuarias de la Comunidad Autónoma de Castilla y león: Prohíbe expresamente la circulación (4x4, quads, motos…) por sendas y campo a través, además de otras limitaciones según las características de la zona.


Hemos escrito anteriormente: Los vehículos a motor no pueden circular por montes, terrenos forestales y vías pecuarias

2 comentarios:

Félix Cañas dijo...

<span style="color: #808080;">Muy bueno AALTO, viene muy bién recordar estas cosas de vez en cuando. Los montes en silencio y para respetarlos. Feliz año a todos!!!</span>

Peter dijo...

<span style="color: #808080;">Tambien es una agresión las urbanizaciones de adosados a 15 centímetros del monte (Vease la macrourbanización en El Escorial en el mismo monte Abantos)
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