lunes, 2 de julio de 2012

Entra en vigor el nuevo modelo farmacéutico con aportaciones de los usuarios según su nivel de renta

Entra en vigor el nuevo modelo farmacéutico con aportaciones de los usuarios según su nivel de renta
Según publica el Portal de Salud de la Comunidad de Madrid, con motivo de la reciente publicación del RDL 16/2012, la aportación que le corresponde abonar por los medicamentos con receta, ha variado según su nivel de renta.

Por ello, próximamente también se incluirá en la receta del Sistema Nacional de Salud su aportación particular, siguiendo el siguiente esquema:

1. Cuando su nivel de renta sea superior a 100.000 €, aportará un 60% sobre el PVP.

2. Cuando su nivel de renta esté entre 18.000 € y 100.000 €, aportará un 50% sobre el PVP.

3. Cuando su nivel de renta sea inferior a 18.000 €, aportará un 40% sobre el PVP.

4. Los pensionistas, en el momento de la dispensación, tendrán que abonar un 10% del PVP del medicamento o producto sanitario (salvo que su renta anual sea superior a 100.000 €). Se establece además un límite máximo mensual en función de la renta (cuantía máxima que abonará mensualmente el paciente).

◦ Cuando la renta sea inferior a 18.000 €, el límite máximo mensual será de 8 €.
◦ Cuando la renta sea mayor o igual a 18.000 € e inferior a 100.000 €, el límite máximo mensual será de 18 €.
◦ Los pensionistas cuya renta sea mayor o igual a 100.000 €, abonarán un 60% del PVP con límite máximo mensual de 60 €.

Todo lo que haya abonado extra, es decir, por encima del tope, será reembolsado oportunamente.

En el caso de los medicamentos de aportación reducida (muchos de ellos se utilizan en tratamientos crónicos) la aportación será de un 10% del PVP con un tope máximo de 4,13 € que variará o se actualizará anualmente.

Si usted pertenece a algún colectivo especial, como afectado por el síndrome tóxico y otros supuestos especificados en la ley, estará exento de aportación.

1 comentario :

  1. Me hace gracia el texto del Real Decreto, porque sigue habiendo política de por medio. El citado Real decreeto ley dice que están exentos de aportación, los usuarios y sus beneficiarios que <span>pertenezcan a una de las siguientes categorías:

    a) Afectados de síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica.
    b) Personas perceptoras de rentas de integración social.
    c) Persona perceptoras de pensiones no contributivas.
    </span>
    <span><span><span></span></span></span>
    <span>

    d) Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación.
    e) Los tratamientos derivados de accidente de trabajo y enfermedad profesional.

    Mi pregunta es: ¿por qué los afectados y beneficiarios del síndrome tóxico siguen estando exentos, mientras que por ejemplo los pensionistas enfermos de cáncer han de pagar, en función de la renta, un mínimo de 8 euros si ganan menos de 18.000 euros? Ya sabemos que todos pensamos que los recortes son válidos sin son aplicables a otros, pero no entiendo que por ejemplo mi madre haya de pagar 8 euros por su tratamiento con su pensión de 571 euros, mientras que un "afectado" del síndrome tóxico que este trabajando tenga exención plena.
    No es justo, y demuestra hasta qué punto determinados grupos mediáticos saben sacar provecho de sus lamentables situaciones, mientras que los anónimos ciudadanos que no están agrupados, siguen siendo los "paganini" de las crisis.
    Y así suma y sigue...
    </span>

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