martes, 13 de octubre de 2015

Cómo solicitar el Certificado (o volante) de empadronamiento en Madrid

Cómo solicitar el Certificado (o volante) de empadronamiento en Madrid

Certificado de empadronamiento


Es el documento que acredita la residencia y el domicilio habitual. Se solicita en los casos en que el documento tenga que presentarse ante los siguientes organismos o para las siguientes tramitaciones:
• Organismos judiciales (juzgados y tribunales)
• Organismos militares o autoridades extranjeras
• Registro Civil (matrimonios, nacionalidad, cambios de nombre y/o apellidos y adopciones, etc.)Declaraciones de herederos
• Otros Registros Oficiales, Centros penitenciarios, Dirección de Aduanas, INEM, Universidades
• Residencia por arraigo (es necesario acreditar tres años de residencia)
• Reconocimiento de situación de dependencia

Volante de empadronamiento


Es un documento de carácter informativo que indica la residencia y el domicilio habitual. En las tramitaciones de los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y de la Comunidad de Madrid, en los que esté disponible el servicio, no será necesario aportar este documento, si el interesado AUTORIZA a la Administración correspondiente a comprobar su domicilio padronal. Se solicita entre otras, en las siguientes tramitaciones:
• Para la expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI)
• Matriculación de vehículos
• Bonos de piscina, ayudas de Servicios Sociales
• Trámites en los procedimientos de la Comunidad de Madrid
• Trámites en los que no se exija expresamente el certificado, etc.

Cómo realizar el trámite


En línea: a través de la web municipal, en el enlace que se encuentra a su disposición en el apartado Tramitar -> En Línea:

Sin identificación electrónica:
- Solicitud de volante de empadronamiento: se remitirá por correo postal al domicilio de empadronamiento en el plazo aproximado de diez días.
- Solicitud de certificado de empadronamiento: se remitirá por correo postal al domicilio de empadronamiento en el plazo aproximado de quince días.

Con identificación electrónica:
- Obtención de volante de empadronamiento: se obtendrá en el acto.
- Solicitud de certificado de inscripción padronal anterior al 1 de marzo de 1991 (a través del enlace ‘Registro Electrónico'). Para más información: consultar la ayuda.

Por teléfono: llamando al teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid).
Por correo postal: enviando la petición por correo postal a la siguiente dirección: Dirección General de Estadística. Departamento de Datos Censales. C/ Cartagena nº 178, 4ª pl. - 28002 Madrid.
Presencialmente: acudiendo a las Oficinas de Atención al Ciudadano (Línea Madrid) de los Distritos.

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