viernes, 30 de octubre de 2015

Nuevos criterios de acceso a las Áreas de Prioridad Residencial desde el domingo 1 de noviembre

El próximo domingo, 1 de noviembre, entran en vigor los nuevos criterios de acceso y funcionamiento comunes a las APR (Áreas de Prioridad Residencial), una vez concluido el periodo de evaluación y las reuniones que han mantenido las áreas de Medio Ambiente y Movilidad y Desarrollo Urbano Sostenible con todos los sectores implicados para estudiar sus sugerencias de modificación.

Cámaras de control en accesos e infracciones automatizadas para los barrios de Las Letras, Las Cortes y Embajadores
En Madrid existen actualmente cuatro Áreas de Prioridad Residencial (Embajadores, Letras, Cortes y Ópera) para las que se han elaborado una serie de criterios uniformes de acceso y funcionamiento comunes, recogidos en un Decreto que entró en vigor el pasado 1 de agosto. Sin embargo, el Gobierno municipal decidió establecer un periodo de prueba y evaluación para atender las peticiones de información y solicitudes de autorización de todos los agentes económicos y sectores afectados.

Para conseguir el máximo consenso en las normas por las que se han de regir estas zonas, en las que tienen preferencia los residentes, las áreas de Medio Ambiente y Movilidad y Desarrollo Urbano Sostenible han mantenido reuniones con el Comité Madrileño de Transporte de la Comunidad de Madrid, la Organización Empresarial de Logística y Transporte, la Asociación de Empresarios de Hospedaje de la Comunidad de Madrid, la Asociación Empresarial Hotelera de Madrid, la Coordinadora de Asociaciones de Vecinos de Centro (Asociación Ciudadana del barrio de Universidad ACIBU, Barrio Las Letras, Opera Austrias, Chueca, Cavas Costanillas y Justicia) y los comerciantes de las áreas afectadas.

Residentes


Entre las modificaciones incluidas en el Decreto de 23 de octubre se incluyen, entre otros, los requisitos para solicitar autorización para vehículos adicionales a los de los residentes empadronados, con independencia de su titularidad.

Los residentes podrán solicitar autorización de acceso, además de para los vehículos de su propiedad, para dos vehículos adicionales de los que no sean titulares. Se amplia de diez a veinte el número de autorizaciones puntuales al mes sin justificación.

Los mayores de 70 años, por su parte, pueden obtener un máximo de dos autorizaciones para vehículos adicionales (antes era una), al igual que los residentes con dificultades de movilidad, exigiéndoseles en este caso un informe del Servicio Público de Salud.

En el caso de que se realicen obras en los inmuebles se concederán permisos, con un periodo de vigencia de hasta un año, para un máximo de tres vehículos de las empresas encargadas de los trabajos.

Comercios, garajes y hoteles


Los titulares de comercios y empresas situados en el APR podrán solicitar autorización de acceso para cinco vehículos de su propiedad, más dos para vehículos adicionales. También les permite 20 autorizaciones puntuales al mes, sin justificante. En caso de obras en la oficina o el comercio, se autorizará el paso de uno a tres vehículos.

Para los titulares de establecimientos de hospedaje que no dispongan de plazas de aparcamiento para sus clientes, se establece un régimen específico: podrán solicitar cinco autorizaciones permanentes y un número de permisos puntuales al mes, que será el equivalente al diez por ciento del número de habitaciones del establecimiento, cuando éste no disponga de aparcamiento propio.

En el caso de los propietarios o arrendatarios de una plaza de garaje situada en un Área de de Prioridad Residencial, el Decreto incluye la posibilidad de que obtengan permiso para dos vehículos sin necesidad de demostrar su titularidad.


Carga y descarga y servicio a domicilio


El horario de carga y descarga para los vehículos industriales y comerciales autorizados se modifica: será de 8.00 a 13.00 horas, y dos horas más, hasta las 15.00 horas, exclusivamente para los vehículos limpios y no contaminantes que dispongan de la correspondiente autorización de estacionamiento del SER.

Para obtener autorización de carga y descarga hay que aportar la tarjeta de transporte expedida por la administración competente y, en calles peatonales, pedir una autorización específica.

En el caso de los titulares de comercios o empresas ubicados en el exterior del APR que realicen habitualmente servicios a domicilio, deberán acreditar que han realizado al menos diez servicios en los cuatro meses previos a la solicitud de autorización. Y cuando se cree una nueva APR se autorizará a las empresas que demuestren que prestan servicios al menos a tres clientes ubicados en dicha área.

Contenedores y mudanzas


La retirada de contenedores de la vía pública se considera como una actividad de servicio a domicilio que no requiere acreditación del requisito de habitualidad. Si los vehículos son propulsados con energía limpia, se permitirá dar de alta ocho vehículos más.

El Decreto del 23 de octubre regula asimismo los requisitos para el acceso vehículos de empresas de mudanzas y de vehículos oficiales de las administraciones públicas, así como los de vehículos de las empresas concesionarias de servicios del Ayuntamiento de Madrid y de otras administraciones públicas.

En breve se podrá consultar el Decreto y su anexo en la web municipal http://www.madrid.es/

Notificación de infracciones


Por otra parte, se está estudiando un sistema de información al ciudadano para que la primera vez que incumpla las normas de acceso a un APR le llegue la notificación de que será sancionado, de esta forma se quiere evitar que continúe cometiendo la misma infracción hasta que le llegue la multa.

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