viernes, 14 de abril de 2017

Ayudas al Alquiler y Fomento de la Rehabilitación Edificatoria 2017 de la Comunidad de Madrid

Nuevas ayudas al alquiler en 2016 ampliando su dotación a 17 millones El Consejo de Gobierno ha aprobado hoy la convocatoria de nuevas líneas de Ayudas al Alquiler y Fomento de la Rehabilitación Edificatoria, por importe de 31,1 millones de euros (17 millones y 14,1 millones, respectivamente), con el fin de beneficiar a familias con escasos recursos y favorecer reformas de edificios y viviendas. Estas ayudas al alquiler beneficiarán, al menos, a 7.000 familias

El Programa Regional de Ayuda al Alquiler 2017 mantiene su dotación económica con 17 millones de euros y priorizará siempre a aquellas familias que tengan menores recursos económicos. La cuantía de la ayuda será del 40 % de la renta anual del alquiler, con un límite máximo de 2.400 euros anuales por vivienda. La renta actualizada a pagar por el alquiler debe ser igual o inferior a los 600 euros mensuales.

Se podrán presentar todas aquellas personas que sean mayor de edad, tengan nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, ser titular de un contrato de arrendamiento en la Comunidad de Madrid y que la vivienda constituya el domicilio habitual.

Ayudas a la rehabilitación edificatoria


En cuanto a la Rehabilitación Edificatoria han sido prorrogadas para el año 2017 y cuentan con un presupuesto total de 38,5 millones de euros. Las ayudas destinadas a la Rehabilitación Edificatoria, tienen como objetivo financiar la ejecución de obras de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamientos propios, así como en los elementos y espacios privativos comunes, en edificios de tipología residencial colectiva anteriores a 1981.

La cuantía máxima de la subvención a conceder por edificio no podrá superar el importe de multiplicar 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie útil de local. Además, habrá que contemplar las cuantías económicas específicas destinadas para cada tipo de actuación.

Además, la subvención a conceder por edificio no podrá superar el 35 por ciento del coste subvencionable de la actuación. No obstante, y de manera excepcional en el caso de actuaciones para la mejora de la accesibilidad y sólo, en la partida correspondiente a la accesibilidad, se podrá llegar al 50 por ciento de ayuda.

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