jueves, 15 de octubre de 2026

Así quedará la bajada del IBI y la tasa de basuras en la capital en 2027

 

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha iniciado hoy la tramitación de las ordenanzas fiscales para el año 2027, que incluyen una nueva bajada de impuestos y tasas que permitirá que los madrileños paguen 31,2 millones de euros menos que en 2026. Esta reducción de la presión fiscal se une a las cinco anteriores, lo que ha permitido un ahorro acumulado desde el año 2019 de casi 1.565 millones de euros.

El nuevo proyecto de ordenanzas incluye una rebaja del tipo general del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), la sexta llevada a cabo desde que Almeida llegó al Gobierno de la capital. En concreto, se reduce el IBI a todos los madrileños del 0,414 % al 0,4 %, el porcentaje mínimo contemplado en la ley. Desde el año 2019, cuando el tipo del IBI era del 0,510 %, los madrileños se han ahorrado 245 millones en el pago de este de este impuesto. Con esta nueva bajada, Madrid se sitúa como una de las tres capitales de provincia de las de régimen común con el tipo general del IBI más bajo de España, junto a Santander y Zaragoza.

De esta medida, se beneficiarán 2,27 millones de recibos, entre ellos familias, clases medias, autónomos, pequeños y medianos empresarios. La nueva bajada del tipo general del IBI no solo beneficia a los 1,53 millones de inmuebles de uso residencial, también lo hace a aquellos sectores más castigados por la escalada los precios: 93.546 inmuebles de uso comercial, 30.363 oficinas, 10.704 locales de uso industrial y 9.129 locales de ocio y hostelería.

En la capital, el 79 % de los inmuebles de uso residencial tiene un valor catastral por debajo de los 150.000 euros. Para el año 2027, el recibo medio del IBI urbano para un valor catastral de uso residencial de 135.134 euros sería de 540 euros. Si a este valor catastral se le aplicara el tipo general vigente en el año 2019 (IBI urbano del 0,510 %), el importe del recibo ascendería a 689 euros, lo que supone un ahorro para el contribuyente de 149 euros.



Además, se mantienen las bonificaciones que se introdujeron en 2020 de hasta el 90 % en el IBI para familias numerosas en función del valor catastral del inmueble, una medida que beneficia a alrededor de 37.000 familias madrileñas. Con esta bonificación, que en la mayoría de los casos se aplica de oficio y no ha de ser solicitada, las familias numerosas se ahorrarán 16 millones de euros en 2027.

Nueva ordenanza de la Tasa de Gestión de Residuos

Asimismo, para el próximo año se aprobará una nueva ordenanza de la Tasa de Gestión de Residuos (TGR), fruto de la necesidad de incluir nuevos parámetros, que aportarán mayor equidad y seguridad jurídica en su cálculo. Por ello, se incorporará a la tarifa por generación un nuevo parámetro referido a los coeficientes de calidad en la separación.

Gracias al esfuerzo llevado a cabo por el Parque Tecnológico de Valdemingómez, se van a incluir 5 fracciones en la calidad de la separación de los residuos: 

  • fracción resto no reciclable o mezcla (contenedor gris de tapa naranja)
  • plástico, metal y brik (contenedor amarillo)
  • biorresiduos o fracción orgánica (contenedor marrón)
  • papel/cartón (contenedor azul)
  • vidrio (contenedor verde)

Esta nueva variable se incorpora para calcular la cuota de la tasa, diseñada mediante la suma de una tarifa básica que pagan todos los inmuebles por la disponibilidad del servicio de recogida y tratamiento de residuos y una tarifa por generación:

  • Para el cálculo de la tarifa básica, se ha tenido en cuenta el dato del valor catastral individual de cada vivienda o local.
  • Para la tarifa por generación, se ha tomado en consideración la cantidad de residuos generados, el número de personas empadronadas y la calidad de la separación de cada uno de los 131 barrios de la ciudad, según el informe realizado por el Parque Tecnológico de Valdemingómez. 
Por tanto, atendiendo a todos estos criterios, en Madrid, el recibo medio de la tasa de recogida para el año 2027 será de 143 euros, prácticamente la misma cuantía que en 2026.

Por otra parte, la ley promovida por el Gobierno central impone el importe que los ayuntamientos deben recaudar con esta tasa, que debe cubrir el coste de los servicios de recogida de residuos. El Ayuntamiento de Madrid, en cambio, no ha incluido en estos gastos el coste de los servicios de limpieza de calles, como sí han hecho otros municipios. Por tanto, no se han imputado a la tasa más de 340 millones de euros por este servicio desde su entrega en vigor en el año 2025, que, de haberse incluido, habrían duplicado prácticamente las cuotas que tendrían que pagar los madrileños. De este modo, el ingreso que se estima por esta nueva tasa se sitúa en torno a los 307 millones de euros.

El número de inmuebles que pagarán la tasa está en torno a 1,7 millones. Como ocurre en 2026, el próximo año no tendrán que hacer efectiva la tasa los garajes y trasteros asociados a una vivienda porque no generan residuos. Tampoco los solares ni los edificios en estado de ruina. Además, los garajes de uso industrial destinados en su totalidad a uso residencial están eximidos del pago de la tasa siempre que el interesado presente una declaración responsable que lo justifique, una medida aplicada en el año 2026.

Por otra parte, el Ayuntamiento de Madrid aplicará:

  • la reducción en la cuota a las familias numerosas, similar a la que existe en el IBI, que tendrá en cuenta el valor catastral de la vivienda y la categoría del título de familia 
  • una reducción del 100 % del pago de la cuota para todos los perceptores del Ingreso Mínimo Vital y la Renta Mínima de Inserción. 
Estas reducciones, que beneficiarán a más de 37.000 familias, suponen un ahorro de 5,4 millones de euros.

De la misma manera, como ya se aplica, las viviendas vacías y los locales donde no se desarrolle actividad alguna sólo pagarán la parte correspondiente a la tarifa básica por disponibilidad del servicio, pero deberán acreditar anualmente que se mantienen en esta situación. Para el control de las viviendas vacías, se contará con la información del padrón municipal.

Siguiendo el principio de ‘quien contamina paga’, el sujeto pasivo de la tasa será quien realmente genere el residuo. Pero como es imposible conocer qué personas lo generan en cada vivienda o local, la tasa la deberá abonar el sustituto del contribuyente, que será el propietario de la vivienda o local, quien podrá repercutirla, en su caso, en el inquilino.

Además, en el tercer año de vigencia de la tasa, los contribuyentes podrán acogerse a la modalidad de Pago a la Carta, lo que puede suponerles una reducción en la cuota del 5 %, con un límite de 15 euros en el ahorro.

Actualización de otras tasas y consolidación de las aprobadas

Asimismo, se aprueban modificaciones en otras siete ordenanzas que tienen un carácter técnico, sin coste o un coste mínimo para el contribuyente: la Ordenanza por prestación de servicios urbanísticos, la de prestación de servicios de higiene y salud pública, la tasa por derechos de examen, la de estacionamiento de vehículos en determinadas zonas de la capital, la de gestión, recaudación e inspección, la del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica y la de prestación de servicios de reproducción de imágenes y documentos.

Se mantienen los bajadas de impuestos y tasas aprobadas en años anteriores como son las bonificaciones en:

  • la plusvalía.
  • hasta el 95 % en las transmisiones mortis causa de la vivienda habitual y del local de negocio a favor de cónyuges, ascendientes y descendientes directos.
  • Impuesto de Actividades por inicio de actividad y creación de empleo, que favorecen la implantación y el crecimiento de empresas en la ciudad.
  • la rebaja del tipo del 4 % al 3,75 % en el Impuesto de Construcciones y Obras (ICIO) y del 20 % por la instalación de puntos de recarga para vehículos eléctricos en este impuesto. 
Además, se mantiene la bonificación del 95 % del IBI para los comercios centenarios de la capital. También, en materia medioambiental se aplica:

  • la bonificación del 50 % para quienes instalen sistemas de aprovechamiento de energía solar. 
  • En el IAE, se mantiene la bonificación del 50 % para las empresas que implanten sistemas de aprovechamiento de energías renovables, especialmente solar y geotérmica.
  • la bonificación de hasta el 50 % para las empresas que desarrollen planes de transporte para sus empleados, siempre que afecte al menos al 20 % de la plantilla y se formalice un contrato con una empresa de transporte o se acredite la adquisición de títulos de transporte público anual, lo que facilita su aplicación en empresas con centros en distintas ubicaciones. 

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