
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica una Orden mediante la cual se flexibilizan determinadas restricciones para las unidades erritoriales en fase 2 y 3, que estaban recogidas en órdenes anteriores.
Entre las medidas de flexibilización establecidas, se eliminan las restricciones a la ocupación de los vehículos respecto del total de plazas sentadas, para los transportes en autobús y ferroviarios, así como para los transportes terrestres colectivos de ámbito urbano y periurbano. Cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará la máxima separación entre los usuarios.
Entre las medidas de flexibilización establecidas, se eliminan las restricciones a la ocupación de los vehículos respecto del total de plazas sentadas, para los transportes en autobús y ferroviarios, así como para los transportes terrestres colectivos de ámbito urbano y periurbano. Cuando el nivel de ocupación lo permita, se procurará la máxima separación entre los usuarios.





