viernes, 17 de octubre de 2008

En Madrid, el que ensucia paga (I)

La Ciudad de Madrid contará con dos nuevas Ordenanzas, la de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos y la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos o Municipales, que grava el coste de la prestación este servicio. Los delegados de Medio Ambiente, Ana Botella, y de Hacienda, Juan Bravo, han presentado hoy el proyecto de estas nuevas Ordenanzas que incorporarán las novedades legislativas que se han producido desde que fue aprobada la norma vigente hace ya 23 años.

En los últimos años el Ayuntamiento ha llevado a cabo un gran esfuerzo inversor para mejorar la calidad de la limpieza y la gestión de residuos de la ciudad. Tan sólo en 2008 se destinaron a estas actuaciones 500 millones de euros.



Ordenanza General de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos

Se regulan determinadas conductas que por su especial repercusión en la higiene de la ciudad no pueden realizarse en los espacios públicos.

Entre las novedades en materia de limpieza figura el incremento de las sanciones por realizar graffiti (infracción leve de 300 a 3000 € y graves de 600 a 6000€). Estas infracciones se podrán sustituir por trabajos comunitarios. El coste del servicio por la limpieza del graffiti se imputará a los autores y, en caso de menores, a quienes ostenten la patria potestad. Además, se contempla la posibilidad de decomiso y destrucción del material usado en la realización del graffiti.

En cuanto a los actos públicos, los organizadores deberán adoptar las medidas necesarias para garantizar que no se ensucien las vías y espacios públicos. El Ayuntamiento podrá exigir el depósito de una fianza con la que el organizador responda de los costes derivados, en su caso, de los trabajos extraordinarios de limpieza.

En lo que respecta a recogida y gestión de residuos, la Ordenanza incorpora la obligación de los ciudadanos de separar en origen los residuos y la del Ayuntamiento de recogerlos de forma selectiva.

Por primera vez se regulan los puntos limpios como instalaciones que favorecen la recuperación de residuos y evitan vertidos incontrolados. Además se regulan los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE).

En cuanto al abandono de vehículos en vía la pública, se tipifica por primera vez como infracción grave, el propietario deberá asumir los costes del traslado y estancia en el depósito Municipal. Los propietarios, previa renuncia al vehículo y baja en tráfico, podrán solicitar a los servicios municipales su retirada.

Por otra parte, la ordenanza establece los procedimientos de admisibilidad de residuos en el Parque Tecnológico de Valdemingómez. Todos los residuos que se traten en las instalaciones municipales deberán llegar correctamente separados de forma que puedan tratarse adecuadamente. Asimismo se establece un sistema de inspección y control para velar por el cumplimiento de los objetivos europeos de recuperación de materiales reciclables, valoración energética y cumplimiento de la normativa ambiental.

Estas medidas incrementarán los beneficios ambientales que genera el tratamiento y gestión de residuos que fueron en 2007: la recuperación de 201.113 toneladas de materiales reciclables, la reducción de 796.00 Toneladas de CO2 al año, la obtención de 90.760 Toneladas al año de compost o la producción, gracias a la valorarización energética, de 325.060 megavatios/ hora.


Hemos escrito sobre ello anteriormente en espormadrid:

  • Plan Integral de Limpieza, para todos los barrios de Madrid
  • Por un Madrid más limpio
  • Recogida de muebles y trastos viejos
  • Recogida gratuita de muebles y trastos viejos
  • Ojo con lo que tiras al amarillo
  • ¿Por qué se permite esto?
  • La plaga de los graffitis en Madrid
  • El civismo y la urbanidad en la educación
  • ¿Esto es arte?
  • 1 comentario :