Recoger las peticiones de los empresarios de la hostelería y restauración, conciliándolas con el derecho al descanso de los vecinos, y a un paisaje urbano armonioso y equilibrado, a la vez que promover un marco regulador transparente, accesible y favorable para la actividad económica, son los principales objetivos de la nueva Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración que está elaborando el Ayuntamiento de Madrid.

El número de terrazas en la vía pública madrileña se ha incrementado en un 150 por cien en los últimos tres años, pasando de las 1.495 autorizadas en 2009 a las 3.740 de 2012. El aumento de las solicitudes para estas instalaciones y las nuevas propuestas adoptadas por los empresarios han hecho necesaria la redacción de una nueva norma que de una respuesta técnica adecuada.
Entre las novedades de la propuesta figuran, la ampliación del tipo de establecimientos que podrán instalar terraza, la autorización a las que tienen más de 100 metros cuadrados, la supresión de los módulos de velador y la posibilidad de anclar elementos que delimiten la terraza o adosar esta a la fachada del establecimiento. También se flexibiliza el régimen de distancias y se establece un procedimiento para la retirada inmediata de la terraza. Además se establecen multas por incumplimiento de la normativa que irán de los 750 euros a los 1.500 euros, pudiendo llegar a los 3.000 en caso de incumplimiento reiterado.
El número de terrazas en la vía pública madrileña se ha incrementado en un 150 por cien en los últimos tres años, pasando de las 1.495 autorizadas en 2009 a las 3.740 de 2012. El aumento de las solicitudes para estas instalaciones y las nuevas propuestas adoptadas por los empresarios han hecho necesaria la redacción de una nueva norma que de una respuesta técnica adecuada.
Entre las novedades de la propuesta figuran, la ampliación del tipo de establecimientos que podrán instalar terraza, la autorización a las que tienen más de 100 metros cuadrados, la supresión de los módulos de velador y la posibilidad de anclar elementos que delimiten la terraza o adosar esta a la fachada del establecimiento. También se flexibiliza el régimen de distancias y se establece un procedimiento para la retirada inmediata de la terraza. Además se establecen multas por incumplimiento de la normativa que irán de los 750 euros a los 1.500 euros, pudiendo llegar a los 3.000 en caso de incumplimiento reiterado.
