viernes, 10 de octubre de 2008

Madrid ordena la publicidad


Esta mañana los "defensores de la libertad" se han levantado cabreados. Gallardón sigue poniendo prohibiciones ¡qué poco liberal!

Con lo "modernas" que son ciudades como Las Vegas, y aquí quieren convertir a Madrid en una ciudad triste y sin anuncios publicitarios. ¡Y además les quitan el trabajo a los pobres hombres anuncio!


Pues qué queréis que os diga. A mí me parece muy bien que se ponga un límite a la publicidad, y estoy muy contento de que Madrid no se parezca en nada a Las Vegas.




Una nueva ordenanza protegerá el paisaje urbano de la ciudad reduciendo el tamaño de los anuncios y su iluminación.

La publicidad en las calles de Madrid, cuya presencia es muy significativa y amplia, tendrá que ajustarse en fechas próximas a una ordenanza reguladora, cuyo proyecto inicial fue aprobado ayer por la Junta de Gobierno de la ciudad. Se trata de permitir el desarrollo de la actividad publicitaria sin que ésta altere el paisaje urbano ni genere contaminación lumínica.

Entre las novedades la ordenanza se regulan las actividades publicitarias no autorizables (reparto de folletos, utilización de vehículos publicitarios, utilización de personas como soportes publicitarios, etc) así como las experimentales y efímeras (street marketing); crea una Zona de Especial Protección para el recinto histórico de la ciudad; regula las condiciones de iluminación de los soportes publicitarios y el uso de soportes con nuevas tecnologías digitales; se ocupa de la protección del Entorno y el Patrimonio; proyecta una reducción de la densidad publicitaria en la coronación de edificios, paredes medianeras y solares urbanos sin uso colindantes con vías rápidas; las lonas publicitarias en obras, una vez finalizado el periodo de autorización, no podrán volver a colocarse hasta pasados 5 años; asimismo regula la señalización e identificación de actividades y establecimientos.


El Centro histórico se cataloga como Zona de Especial Protección, al igual que las Colonias históricas y los Cascos históricos de los distritos periféricos. En estos entornos la publicidad será controlada con más atención. La luminancia máxima permitida será de 600cd/m², permitiéndose la instalación de muestras y banderines con iluminación interior que no supere este valor.

Estos valores han sido establecidos a tenor de las recomendaciones de distintos organismos nacionales, como el Instituto Astrofísico de Canarias, e internacionales, como la Comisión Internacional del Alumbrado, teniéndose también en cuenta los resultados de los análisis realizados por el Laboratorio Central Oficial de Electrotecnia.


Todos los tipos de superficies publicitarias habrán de reducirse para aminorar su impacto en el paisaje urbano de Madrid. Concretamente, el tamaño de los que coronan los edificios se reducirá de los 90 m2 actuales a 70 m2, en las paredes medianeras sólo se podrá utilizar el 40% de la superficie. En terrenos colindantes con vías rápidas también se reduce la superficie publicitaria.

Los soportes publicitarios autorizados antes de la publicación de la ordenanza podrán mantenerse en las mismas condiciones hasta que finalice el plazo de autorización. Esto también es aplicable a las muestras y banderines, salvo cuando se realicen obras en el local o un cambio de negocio.

Tanto los soportes publicitarios, como muestras y banderines que a la entrada en vigor de esta ordenanza no estén autorizados, deberán adaptarse en el plazo de 12 meses.
El Ayuntamiento podrá intervenir en las instalaciones publicitarias que no respeten las condiciones de seguridad y mantenimiento requeridas.

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