El Ayuntamiento de Madrid, a través del Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad que dirige Borja Carabante, está elaborando un plan especial que permitirá que se puedan implantar cualquier clase de hospedajes, incluidos apartahoteles, flexliving, pensiones o casas de hospedaje, en ámbitos industriales donde, hasta ahora, no era posible. El Gobierno municipal va a modificar el régimen de compatibilidad del uso terciario hospedaje en los ámbitos regulados por la Norma Zonal 9 grado 3º de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación de Madrid de 1997, con la finalidad de eliminar la restricción actual que solo permite implantar el uso terciario de hospedaje en la modalidad de hotel. En cuanto a la tramitación de este plan especial, se prevé elevar a Junta de Gobierno para su aprobación inicial antes del verano.
Esta iniciativa ha sido solicitada por el sector para incrementar la oferta de hospedaje de corta y media estancia en estas zonas de la capital, sobre todo teniendo en cuenta las restricciones establecidas en el centro de la ciudad y la descentralización del uso terciario de hospedaje que impulsa el Plan RESIDE aprobado el pasado año. Este nuevo plan especial da continuidad a esta estrategia de descentralizar el uso de hospedaje y se alinea con los objetivos del Plan Estratégico de Turismo de la Ciudad de Madrid 2024-2027. De este modo, el Ayuntamiento fomenta un modelo de turismo sostenible que redistribuye el flujo de visitantes y el impacto económico positivo hacia los distritos exteriores, promoviendo el desarrollo del comercio local y la revitalización de estos entornos urbanos.
Tras un exhaustivo estudio de más de 3.000 parcelas en ámbitos industriales o calificadas de uso industrial, el Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad ha concluido que los ámbitos regulados por el grado 3º de la Norma Zonal 9 y en las parcelas de uso cualificado industrial incluidas en ámbitos de uso global no industrial (zonas residenciales o terciarias) pueden admitir todas las categorías del uso de hospedaje, dado el proceso de terciarización que han experimentado estos ámbitos, con la consecuente pérdida de su carácter industrial. Esta circunstancia posibilita suprimir en ellos las cautelas y limitaciones introducidas sobre el uso terciario hospedaje en la modificación puntual MPG 00/316 (aprobación definitiva 30/07/2007).
Este plan especial afecta a más de 240 parcelas que se encuentran en los distritos de Arganzuela, Chamartín, Fuencarral-El Pardo, Usera, Ciudad Lineal, Hortaleza, San Blas-Canillejas y Barajas. Se refiere, por ejemplo, a parcelas que se sitúan en:
- el Polígono Industrial de la carretera de Burgos (Fuencarral-El Pardo)
- el barrio del Aeropuerto (Barajas)
- la calle Josefa Valcárcel (San Blas-Canillejas)
- la calle Costa Rica con M-30 (Chamartín)
- la avenida de Andalucía (Usera).
El uso terciario para hospedaje tiene actualmente limitaciones en los suelos de uso industrial, en los que solo se puede aplicar la modalidad de hotel. Las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana del 97 excluyeron cualquier otra modalidad de alojamiento turístico, cuestión que se introdujo con la modificación del Plan General 00/316 de 30 de julio de 2007. Esta impide la implantación de otros modos de hospedaje diferentes al hotel en parcelas industriales para frenar el fenómeno de residencias encubiertas, sobre todo tipo lofts, en estos ámbitos. Lo que se había detectado previamente es que se autorizaban como apartamentos turísticos y, después, se comercializaban fraudulentamente como viviendas, provocando la pérdida de suelo para actividades económicas y generando pocas garantías de calidad de vida para los residentes.
Urbanismo establece ahora que, mientras los grados 4 y 5 de la Norma Zonal 9 ‘Actividades económicas’ y los ámbitos de planeamiento de uso cualificado industrial de normativa particular se caracterizan por su clara vocación industrial, los ámbitos regulados por el grado 3º con uso cualificado mixto -industrial en coexistencia con el terciario oficinas- han mostrado un claro proceso de terciarización, perdiendo su carácter industrial. Esta circunstancia posibilita suprimir en estas parcelas las cautelas y limitaciones que fija la normativa.
El Ayuntamiento podrá estudiar, caso por caso, otros ámbitos industriales regulados por los grados 4 y 5 de la Norma Zonal 9 (que se corresponden con polígonos industriales tradicionales) que, por sus características de terciarización asimilables a las que concurren en la Norma Zonal 9 grado 3, se considere que también podrían albergar todas las modalidades de hospedaje que ahora se van a permitir con carácter general en la Norma 9.3.
El objeto del plan especial se circunscribirá a las funciones que establece el artículo 50 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid.

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