Las principales causas de este problema son: electrocuciones o impactos con tendidos eléctricos, disparos, atropellos en vías de comunicación, traumatismos por colisión con vallados, así como la colocación de artes de caza prohibida, tales como lazos, cebos envenenados y jaulas-trampa.
Entre las funciones del Cuerpo de Agentes Forestales se encuentra la recogida de fauna silvestre herida o muerta, encuadrándose esta labor en la más genérica de “Policía, custodia y vigilancia de las especies de fauna silvestre existentes en la Comunidad de Madrid, incluyendo las que son objeto de aprovechamiento cinegético y piscícola; particularmente, de aquellas catalogadas como protegidas”, lo que cobra gran interés frente a dichas especies protegidas (numerosas rapaces, algunos mamíferos) y fauna no cinegética en general. El objetivo fundamental es la recuperación del animal herido, o el esclarecimiento de las causas que acabaron con su vida si se recogió cadáver.
En el caso de localizar un animal herido, el procedimiento seguido por los Agentes Forestales es el de capturarlo (siempre que la situación y el tamaño del animal lo permitan) y trasladarlo a un Centro de Recuperación. Si el animal estuviera ya muerto, dichos funcionarios públicos proceden al levantamiento del cadáver cuando existan sospechas de muerte por disparo o envenenamiento, al poderse tratar de un delito contra la flora y la fauna. También se recoge el cadáver cuando hay síntomas de electrocución, dependiendo del grado de protección de la especie afectada.
En todo caso, el levantamiento del cadáver, así como la toma de muestras, ha de realizarse por Agentes de la Autoridad para evitar la posible invalidación de las pruebas recabadas en el procedimiento penal que se pudiera derivar de este hecho. El proceso es minucioso: los agentes levantan acta y garantizan la custodia del animal su depósito en el lugar donde será analizado.