miércoles, 6 de abril de 2016

Plan Control Tributario 2016 del Ayuntamiento de Madrid

Plan Control Tributario 2016 del Ayuntamiento de Madrid La Agencia Tributaria del Ayuntamiento de Madrid potenciará los controles del uso del espacio público en coordinación con las Juntas de Distrito. Así lo prevé el Plan de Control Tributario Municipal para 2016 con dos líneas fundamentales: mejorar la atención al contribuyente y potenciar la investigación del fraude tributario.

Mejor atención al contribuyente


Se trabajará para que las Oficinas de Atención Integral al Contribuyente (OIAC) sean más eficaces y reduzcan el tiempo de espera. La espera con cita previa para las OIAC no será mayor de tres minutos. En el caso de las personas que acudan sin cita previa se marca un límite máximo de espera de cinco minutos. El tiempo de demora para obtener cita no superará los dos días laborables.

El Plan de Control prevé el lanzamiento de siete campañas informativas (sobre el censo del Impuesto de Actividades Económicas, el inicio y finalización de los plazos de pago voluntario de los impuestos, etc.).

Asimismo, para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, se facilitarán los medios de pago, simplificarán y agilizarán los trámites de fraccionamiento y aplazamiento de deudas tributarias y se aumentarán los servicios y trámites telemáticos ofrecidos en la web municipal.

El Ayuntamiento, además, se compromete a reducir el volumen de recursos repositorios pendientes y los plazos medios de resolución.

Control e investigación del fraude tributario


La Agencia tributaria reforzará la coordinación y el control de las siguientes tasas:

- Tasa por el mantenimiento de los servicios de emergencia que presta el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid. Se efectuará un control tributario regular sobre esta tasa en atención al convenio de colaboración suscrito con las compañías y sociedades aseguradoras.

- Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local. Habrá un refuerzo de la coordinación con las Juntas de Distrito para efectuar controles que, en muchos casos, requieren de actuaciones presenciales. Concretamente, se incidirá en:

  • Vallas y andamios y otras ocupaciones de similar naturaleza, sin o con publicidad. Se mantendrán las actuaciones de forma continuada, con especial intensidad en determinadas zonas de la ciudad, como consecuencia de las obras en sus inmuebles.
  • Pasos de vehículos. Se continuará actuando sobre aquellos casos pendientes de verificación desde la formación inicial de la matrícula del tributo
  • Reserva de espacio del dominio público local para aparcamiento exclusivo de vehículos o para su ocupación con otro tipo de maquinaria, equipos, casetas y otros elementos. Se actuará sobre el total de los hechos imponibles que se detecten.
  • Terrazas. Se realizará una revisión generalizada de las concesiones y usos. El aumento de la demanda, la desaparición de las terrazas de temporada y la dotación de elementos físicos estables (suelos, cubrimientos…) han derivado en un cambio significativo en los elementos tributarios. Ahora se grava la superficie ocupada, en lugar del número de mesas y sillas como ocurría antes.

- Tasa por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local para el Desarrollo de Acciones Publicitarias Especiales. Se actuará en todas las acciones que se detecten.

- Tasa por utilización privativa y aprovechamientos especiales constituidos en el suelo, subsuelo o vuelo de la vía pública a favor de empresas explotadoras de servicios de suministros. Se trata de que las empresas presenten de forma completa y correcta la declaración prevista en la Ordenanza Fiscal Reguladora del tributo.

Ayuda municipal para el pago del IBI de hasta 100 euros
- Impuesto de Bienes Inmuebles. El esfuerzo se centra en detectar e incorporar unidades urbanas omitidas del año 2015, debido a la inclusión del municipio de Madrid en el Plan de Regularización Catastral de la Dirección General del Catastro en el año 2016.

- Impuesto de Actividades Económicas. Se prestará especial atención a los grupos de sociedades mediante el cruce de información para descubrir aquellas que se han acogido a la exención sin tener derecho al disfrute de la misma.

- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras. Mejoran los procedimientos de tramitación de declaraciones y licencias urbanísticas para el control de esta tasa.

- Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Optimización de los sistemas de cruce de información con otras bases de datos de la ATM.

Por último, las actuaciones para controlar el fraude en fase recaudatoria van encaminadas a reforzar el cobro de las deudas de derecho público pendientes de ingreso –persiguiendo los procedimientos engañosos de ocultación patrimonial–, y facilitando el cumplimiento de las obligaciones fiscales potenciando y agilizando los aplazamientos y fraccionamientos.

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