viernes, 13 de agosto de 2021

La autopista M-12 pasará a manos del Estado tras abonar 46 millones a la concesionaria

Con fecha 10 de agosto, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma) ha iniciado el trámite de audiencia de la resolución complementaria de la determinación de la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA) en la autopista M-12, Eje Aeropuerto.

Se trata de la segunda concesión en la que se somete a trámite de audiencia la resolución complementaria, tras hacerlo el pasado 7 de julio la concesión AP-36 Madrid-Levante, después de que el Consejo de Ministros aprobase el 26 de abril de 2019, una vez cumplida la tramitación establecida en la legislación sobre contratos públicos y de acuerdo con el Consejo de Estado, el “Acuerdo de interpretación de determinados contratos de concesión de autopistas, en cuanto al método para calcular la Responsabilidad Patrimonial de la Administración (RPA)”.

Una vez concluya el trámite de audiencia, que tendrá una duración de 15 días, se analizarán las alegaciones recibidas en el mismo. Y, a partir de dicho análisis, se procederá a dictar la resolución complementaria de determinación de la RPA, que incluye las situaciones pendientes que no se incorporaron en la primera resolución.

Siguiendo lo indicado en el citado Acuerdo de interpretación, y como continuación de la primera resolución, se ha calculado nuevamente la RPA de esta autopista, determinándose que la RPA reconocida asciende a 64.170.458,34 euros. Esta RPA es el resultado de la suma de:

  • la RPA por obras (121.425.781,49 euros)
  • la RPA por expropiaciones (36.972.339,00 euros), 
Suma a la que es preciso descontar el valor de las inversiones necesarias para obtener, en la fecha de la valoración, la “perfecta entrega de las instalaciones en condiciones de absoluta normalidad” (8.632.316,66  euros) así como minorar las indemnizaciones pagadas a los expropiados por la Administración (85.595.345,49 euros).

Sobre el importe de la RPA reconocida, y según el citado Acuerdo, se han de retener provisionalmente los importes para hacer frente a la liquidación de situaciones aún pendientes (estimación de los importes por expropiaciones pendientes de pago de los que pueda tener que hacerse cargo la Administración), que ascienden en este momento a 17.709.440,10 euros.

Resolución complementaria

Por tanto, el importe a abonar por RPA según esta resolución complementaria sería de 46.461.018,23 euros, a cuenta de la liquidación final de la resolución definitiva. Este valor es superior al inicialmente calculado en la primera resolución de determinación de la RPA, cuyo resultado fue negativo (-126.437.898,03 euros), por lo que el importe abonado a cuenta en aquel momento fue de 0 euros.

Esta diferencia consiste en que en el cálculo de la primera resolución el importe retenido provisionalmente para hacer frente a la liquidación de situaciones aún pendientes era de 191.260.913,51 euros, valor que se ha reducido a 17.709.440,10 euros. Ello, en consonancia con los cambios habidos en las situaciones que entonces se encontraban pendientes y que han resultado alteradas por efecto de la Disposición adicional centésima trigésima quinta de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 (publicada en el BOE núm. 341, de 31 de diciembre de 2020), que abrió un plazo de seis meses para que los propietarios conveniantes optasen bien por el mantenimiento del convenio bien por la reanudación del expediente de justiprecio, entendiéndose que optaban por lo primero en caso de silencio.

El importe de esta nueva liquidación (46.461.018,23 €) se pagará en los tres meses siguientes a la fecha en que se dicte la Resolución Complementaria. A esta cantidad se sumará el interés correspondiente por el tiempo transcurrido desde el día en que terminó el plazo para fijar dicho importe (contado desde la firmeza del auto que abrió la fase de liquidación del concurso) y el día de pago.

El Acuerdo de interpretación aprobado establece que en los seis meses siguientes a la aprobación de la resolución complementaria se procederá a determinar una nueva resolución, en este caso definitiva, a los efectos de regularizar aquellas situaciones pendientes que hayan quedado resueltas en este período, como es el pago de expropiaciones.

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