El Área Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad ha cursado una instrucción para regular los requisitos que regirán las aplicaciones móviles de pago del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER), que podrán cobrar una comisión por este servicio. Así, cualquier empresa titular de una aplicación interesada en colaborar en la recaudación de la tasa del SER podrá hacerlo siempre que cumpla los requisitos de esta instrucción, de la Ordenanza de Movilidad y de la Ordenanza Fiscal.
El Ayuntamiento de Madrid no recibirá ningún ingreso por el cobro de estas comisiones y los usuarios podrán seguir utilizando los parquímetros, en los que no se repercutirá ningún coste extra. En el caso de utilizar las aplicaciones móviles, los usuarios serán advertidos del recargo que supone su uso.
Esta regulación surge por dos motivos. Por una parte, debido a que en el pliego de prescripciones técnicas del Contrato Integral de Movilidad (CIM), con el que se gestiona el SER, así lo recoge. “En el supuesto de pagos por otros medios electrónicos (por ejemplo telefonía móvil), si la operación conllevara costes adicionales, éstos serán por cuenta del usuario”, dice textualmente el pliego de prescripciones técnicas del contrato.
El Ayuntamiento de Madrid no recibirá ningún ingreso por el cobro de estas comisiones y los usuarios podrán seguir utilizando los parquímetros, en los que no se repercutirá ningún coste extra. En el caso de utilizar las aplicaciones móviles, los usuarios serán advertidos del recargo que supone su uso.
Esta regulación surge por dos motivos. Por una parte, debido a que en el pliego de prescripciones técnicas del Contrato Integral de Movilidad (CIM), con el que se gestiona el SER, así lo recoge. “En el supuesto de pagos por otros medios electrónicos (por ejemplo telefonía móvil), si la operación conllevara costes adicionales, éstos serán por cuenta del usuario”, dice textualmente el pliego de prescripciones técnicas del contrato.