1. ¿Qué es la TUR de Ahorro Vecinal para calderas comunitarias?
Es una nueva tarifa de último recurso (TUR) de gas natural regulada por el Gobierno de España destinada a las comunidades de vecinos con calderas comunitarias de gas natural, para reducir los elevados precios del mercado energético.
Esta TUR de Ahorro Vecinal limita los precios del mercado y está subvencionada por el Gobierno de España.
2. ¿Cuánto puedo ahorrar con la TUR de Ahorro Vecinal?
El ahorro aproximado es del 50% respecto a lo que se pagaría sin esta medida.
3. ¿Cuándo puedo acogerme a la TUR de Ahorro Vecinal?
Desde el día siguiente a la publicación del Real Decreto-ley del Gobierno, es decir, desde el jueves 20 de octubre de 2022.
4. ¿Quién puede acogerse a la TUR de Ahorro Vecinal?
Las comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios de viviendas de uso residencial con un consumo anual superior a 50.000 kWh, así como las empresas de servicios energéticos que les presten servicio.
5. ¿Quién debe solicitarla?
El/la presidente/a de la comunidad o, en su caso, un/a representante de la misma usando el certificado digital de la comunidad. También la puede solicitarla la persona responsable de la empresa de servicios energéticos que preste servicios a la comunidad.
6. ¿Cómo puedo solicitarla?
Las comunidades de vecinos deben solicitar esta nueva tarifa a una de las llamadas «comercializadora de último recurso», en su acrónimo CUR. Estas son las CUR operativas actualmente:
- Grupo Naturgy: Comercializadora Regulada, Gas & Power, S.A., 900 370 800.
- Grupo Endesa: Energía XXI Comercializadora de referencia, S.L., 800 760 333.
- Grupo Iberdrola: Curenergia Comercialización de Último Recurso, S.A.U., 900 200 708.
- Grupo Total/EDP: Baser Comercializadora de Referencia, S.A., 900 902 947
- Estar al corriente de pago de todas las obligaciones económicas con la actual comercializadora.
- Disponer antes del 30 de septiembre de 2023 de contadores individuales de calefacción o repartidores de costes. Si aún no disponen de ellos, debe presentarse un acuerdo de la junta de propietarios aprobando su instalación en dicho plazo.
- Aplicar al agua caliente sanitaria y la calefacción (esta última a partir del momento en que dispongan de dichos contadores individuales o repartidores de coste) un precio calculado en base a la TUR de Ahorro Vecinal.
- Tener realizada en plazo la inspección de eficiencia energética con resultado positivo.
No hay comentarios :
Publicar un comentario