viernes, 19 de septiembre de 2025

Abiertas las solicitudes de ayudas para la reparación de daños por inundaciones del pasado marzo


Las entidades titulares de las infraestructuras municipales o de la red viaria provincial afectada por las inundaciones y otros fenómenos de distinta naturaleza acaecidos entre el 16 de septiembre de 2024 y el 24 de marzo de 2025 e incluidos dentro de la declaración de “zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil" pueden ya presentar sus solicitudes hasta las 15:00 horas del día 6 de octubre de 2025.

En la Comunidad de Madrid estas ayudas se refieren a las inundaciones acaecidas durante el mes de marzo consecuencia a las intensas lluvias y nevadas que se originaron por un tren de borrascas.

Los que pueden solicitar estas subvenciones son los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid afectados en sus infraestructuras, equipamientos, instalaciones y servicios de titularidad municipal por esta causa y también la Comunidad Autónoma de Madrid como titular de la red viaria provincial que pudiera haberse visto afectada.

A los proyectos directamente relacionados con estos se les podrá conceder una subvención de hasta el 50 por ciento de su coste.

Estas ayudas, que otorga el Ministerio de Política Territorial en régimen de concesión directa y que se instruyen a través de las delegaciones del Gobierno, deben estar destinadas a financiar proyectos directamente relacionados con los siniestros detallados y deben tener por objeto la reparación o restitución de las infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios dañados a su situación preexistente.

Sólo serán objeto de subvención las alteraciones respecto a la situación preexistente que se estimen necesarias para la mejora técnica de las infraestructuras, equipamientos o instalaciones y servicios dañados, incluyendo las vinculadas a la prevención del riesgo de catástrofes, siempre que tales alteraciones estén debidamente justificadas mediante un informe técnico y sean proporcionales a las características, calidades y capacidades preexistentes, o cuando supongan una reducción de los costes de las obras de reparación o restitución, debidamente acreditada.

No serán financiables las “mejoras preventivas”, es decir, aquellas obras de mejora de las condiciones de una infraestructura que no hubiera resultado dañada por el correspondiente episodio catastrófico.

Serán financiables aquellas obras que, cumpliendo todos y cada uno de los requisitos anteriores estuvieran ya ejecutadas a la fecha de publicación de la convocatoria siempre que se ejecutaran con posterioridad al acontecimiento catastrófico y sea consecuencia de este.

Presentación telemática

Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán de forma electrónica, a través de la aplicación informática “AURA - Subvenciones a EELL ante catástrofes naturales", accesible desde la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática

Se presentará una solicitud por proyecto y cada una deberá ir acompañada por la documentación correspondiente.

Las sucesivas fases del procedimiento de concesión, así como la gestión y justificación de las subvenciones, se tramitarán a través de la aplicación informática AURA.

Más información

El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática ha habilitado un espacioespecífico en su portal de internet (vid. subvenciones a Entidades Locales) desde donde se difundirá información sobre estas subvenciones.

También cuenta con modelos orientativos de los documentos que se deben aportar junto a la solicitud en el espacio de Ayudas ante catástrofes

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