martes, 1 de octubre de 2013

Ayudas del Ayuntamiento de Madrid para el pago del IBI en 2013

El Gobierno de la Ciudad de Madrid sigue respaldando a las familias con menos recursos económicos y mantiene su compromiso convocando, por segundo año consecutivo, las ayudas dirigidas a aquellos ciudadanos que, pese a su situación de precariedad o vulnerabilidad económica, han contribuido al sostenimiento del gasto público a través del pago del IBI. En esta nueva convocatoria que promueve el Área de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, que preside la delegada Lola Navarro, el número de familias beneficiarias se ha elevado hasta las 7.030 por un importe de 700.000 euros.

Ayuda en el IBI 2013 para familias de escasos recursos
En 2012, las familias beneficiarias de una ayuda de 60 euros para el pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) fueron 6.673. Los contribuyentes beneficiarios este año han visto incrementada esta ayuda hasta los 100 euros, que equivale a una bonificación media del 35% en la cuota del IBI, limitándose dicha cantidad al valor del IBI abonado en el ejercicio 2012 en caso de que éste hubiera sido inferior. Para más del 60% de los beneficiarios la ayuda supondrá entre un 25 y un 50% de bonificación en el impuesto, y para el 28% más del 50%.

Beneficiarios


Se han beneficiado de estas ayudas aquellas personas que, habiendo sido el pasado año titulares catastrales obligados al pago del IBI de su vivienda habitual, estuvieran en alguna de las siguientes circunstancias:

  • Beneficiarios en 2012 de la reducción de la Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos por vivienda habitual.
  • Ser una persona física cuya vivienda, ubicada en el término municipal de Madrid, tuviese un valor catastral en 2012 inferior a 17.000 euros y no fueran titulares catastrales de ningún derecho de propiedad, usufructo, superficie o concesión administrativa sobre otro inmueble ubicado en el término municipal de Madrid.
  • Haber abonado el IBI 2012 y estar al corriente del resto de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.

El listado de beneficiarios se ha publicado en el Boletín Oficial del Ayuntamiento y puede consultarse en la sede electrónica del mismo. Para mayor información los ciudadanos pueden dirigirse al teléfono 010, a cualquiera de las 23 Oficinas de Atención al Ciudadano de Línea Madrid o a la página web del Ayuntamiento de Madrid.

Compensación


Se trata de la segunda medida compensatoria aprobada por el Ayuntamiento y dirigida a estas familias. La primera se aprobó en 2009 y consistió en la reducción de la Tasa por la prestación del Servicio de Gestión de Recogida de Residuos Urbanos por vivienda habitual.

Este tipo de medidas reflejan el compromiso, recogido en el Plan de Familia, Infancia y Adolescencia (2010-2013) del Ayuntamiento, de apoyar a aquellas familias que, por situaciones coyunturales o condiciones personales, económicas y sociales, tienen limitados sus niveles de bienestar o se encuentran en situación de vulnerabilidad.

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