Los servicios considerados básicos y los opcionales, así como los precios a abonar por parte de los usuarios, se uniformizan. El nuevo Reglamento potencia la participación de los socios en el diseño de las actividades y talleres y dedica un apartado a las normas de convivencia.
La elaboración de estos textos ha seguido un proceso ampliamente participativo. En 2005 la entonces Comisión de Participación de los Mayores impulsó la realización de varios grupos de trabajo, que culminaron con un primer documento propuesto. Pero es en enero de 2009 cuando se concluyen los trabajos de varias comisiones formadas por miembros de juntas directivas de los centros municipales de mayores y técnicos municipales que constituyeron el borrador de los mencionados documentos. Hasta la fecha, la normativa municipal que regulaba los centros eran los Estatutos de los Centros Municipales de Mayores y el Reglamento Electoral, ambos aprobados en 2004.
84 centros municipales de mayores
El Ayuntamiento de Madrid cuenta en la actualidad con una red de 84 centros municipales de mayores, que responden a las necesidades y aspiraciones de ocio y tiempo libre de las personas mayores residentes en la Ciudad de Madrid, que ya constituyen el 19% de la población total. Actualmente, casi 270.000 personas mayores son socias de estos centros.
Su objetivo básico es potenciar la participación del mayor en la vida social y favorecer un estilo de envejecimiento activo. Este objetivo se materializa mediante la realización de actividades de ocio, la utilización del tiempo libre de una forma saludable y la promoción del voluntariado.
Como centros de convivencia, de desarrollo de actividades socioculturales, y de prestación de ciertos servicios como cafetería, peluquería o podología, precisaban de una normativa que regulara las relaciones entre los socios así como la participación en las diferentes actividades y servicios.
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