martes, 7 de mayo de 2019

Acuerdo sobre las condiciones laborales y profesionales del Cuerpo de Agentes de Movilidad, vigente hasta diciembre de 2022

La delegada del Área de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés, ha firmado el lunes, 6 de mayo, con los sindicatos UGT, CCOO y CSIF el acuerdo sectorial del Cuerpo de Agentes de Movilidad para la mejora de sus condiciones laborales y económicas y la adecuación del funcionamiento del cuerpo a las transformaciones de la movilidad urbana.

Acuerdo sectorial del Cuerpo de Agentes de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, vigente hasta diciembre de 2022
Con este nuevo acuerdo se actualiza al anterior, con vigencia entre 2016 y 2018, y se cierra un periodo de negociación en el que, por segunda vez en el mismo mandato, se han actualizado y dignificado las condiciones de la plantilla funcionarial de Agentes de Movilidad, tras 15 años de existencia del cuerpo. La entrada en vigor del “Acuerdo sobre modernización y mejora de las condiciones laborales y profesionales del Cuerpo de Agentes de Movilidad” comenzará tras la aprobación en Junta de Gobierno.


Entre las medidas que contempla, se incluye el reconocimiento de los nuevos cometidos derivados de la transformación de la movilidad urbana en Madrid, en particular de la nueva Ordenanza de Movilidad Sostenible, con el incremento en 1.000 euros del complemento específico y de la retribución variable en la Dirección por Objetivos.

Asimismo, teniendo en cuenta las funciones y ámbitos de actuación derivadas de la nueva ordenanza, se recoge la creación de dos nuevas categorías profesionales: Especialista en Movilidad Sostenible y Técnico Superior de Movilidad. También se impulsará la promoción profesional del personal que se encuentre en el subgrupo C2 al grupo C1, en el marco del recién aprobado Acuerdo-Convenio General del Ayuntamiento 2019-2022.

Además, para mejorar la cobertura en la prestación de los servicios requeridos y conseguir condiciones profesionales homogéneas de la plantilla, se crea una bolsa de jornadas para fines de semana y festivos (de 3, 4 o 6 fines de semana anuales) y otra bolsa personal de 24 horas anuales para cada agente. Los efectivos del cuerpo podrán acceder a ambos esquemas de esfuerzo adicional de forma voluntaria y con su correspondiente retribución, que se aumenta respecto a la actual mediante un complemento de productividad por jornada extra realizada. Estas retribuciones se verán incrementadas también en 2020.



En la misma línea, el acuerdo contempla el aumento de las retribuciones obtenidas en la Dirección por Objetivos (DPO), con especial atención a la reducción del absentismo. El cálculo de la DPO se desarrollará en dos niveles: general, según el porcentaje de cumplimiento de los objetivos de la Carta de Servicios del Cuerpo, e individual, teniendo en cuenta el porcentaje de cumplimiento con la formación obligatoria y número de días de absentismo. Las retribuciones de la DPO incrementarán su cuantía en 100 euros por año, durante 3 ejercicios económicos a partir 2020, hasta alcanzar un aumento total de 300 euros.

Respecto a la conciliación de la vida profesional y familiar, en el primer trimestre tras su entrada en vigor, se pondrá en marcha un grupo de trabajo con las centrales sindicales firmantes, que analizará los supuestos en los que sea necesaria la adopción de medidas de conciliación. De la misma forma, se conformará otro grupo de trabajo para analizar la propuesta de paso a segunda actividad de los agentes del cuerpo. También se recoge el reconocimiento de un día adicional de descanso para aquellos agentes que intervengan en las festividades del Orgullo LGTBI, dada la especial afectación de este evento en la movilidad de la ciudad, como ya ocurre con otros cuerpos municipales.

Este acuerdo estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2022, pero podrá ser denunciado por cualquiera de las partes en los 3 meses anteriores a la finalización de su vigencia. Además, el texto prevé la posibilidad de que un año antes de su expiración, se pueda instar a la negociación de un nuevo acuerdo. Una vez agotada su vigencia, sin que se hubiera producido denuncia en plazo, se considerará prorrogado por períodos anuales sucesivos. 

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