domingo, 28 de febrero de 2016

Más transparencia en la gestión y control de contratos menores del Ayuntamiento

Más transparencia en la gestión y control de contratos menores del Ayuntamiento El seguimiento y la transparencia de los contratos menores mejorará sustancialmente en los próximos meses. Su tramitación se hará por vía electrónica y además se facilitará que la Comisión Permanente Especial de Vigilancia de la Contratación pueda conocer y examinar este tipo de contratos, algo que no ocurría hasta el momento. Así se ha decidido hoy (miércoles, 24 febrero) en el pleno municipal a través de una enmienda.

La enmienda recoge dos medidas. La primera de ellas se refiere a "habilitar la tramitación electrónica de los contratos menores a través de una herramienta informática en coordinación con el IAM, lo que posibilitará su incorporación automática al Registro de Contratos así como a otras aplicaciones municipales como el portal de datos abiertos o portal de transparencia". Esta herramienta informática, que previsiblemente tardará unos meses en tramitarse, permitirá hacer un seguimiento pormenorizado de las tres ofertas, en caso de contratos de más de 1.000 euros, y de otra documentación relacionada, como pueden ser las memorias.

La segunda medida acordada se refiere a "modificar el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro de Contratos para ampliar su ámbito de inscripción a los contratos menores, para que de esta manera, la Comisión Permanente Especial de Vigilancia de la Contratación pueda conocer y examinar este tipo de contratos".

En el año 2015 el gasto destinado a contratación alcanzó prácticamente los 1.600 millones de euros. Este volumen de gasto y su impacto en la ciudadanía, en las empresas, en el mercado público, justifica por sí mismo la asignación de los recursos necesarios para garantizar la máxima transparencia en la contratación. El mismo objetivo que se persigue en los contratos menores, si bien estos representan en el Ayuntamiento de Madrid una pequeña parte, aproximadamente un 1,6 % en el pasado ejercicio. En concreto supusieron un importe de 25.460.447 euros y un total de 5.409 contratos.

Desde el pasado mes de octubre se publica en formato abierto y reutilizable, a través del portal de datos abiertos, la información relativa a los contratos menores, que incluye el centro gestor, número de expediente, objeto del contrato, tipo de contrato menor, adjudicatario, importe y fecha de aprobación. Otros datos relacionados con la actividad contractual pueden consultarse también en el portal de datos abiertos.

Igualmente, con carácter trimestral y de forma agregada, se publica la citada información tanto en el perfil de contratante como en el portal de transparencia.

Por medio de la enmienda, se apuesta ahora por la tramitación electrónica de los contratos menores a través de una herramienta informática que aspira a la homogeneización, normalización y automatismo de su tramitación. También evitará cargas de trabajo adicionales a los centros gestores y la incorporación automática de los contratos menores al Registro de Contratos y otras aplicaciones municipales como el portal de datos abiertos o portal de transparencia.

Los contratos menores se definen en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público exclusivamente en función de su cuantía (para los contratos de obras 50.000 euros IVA excluido y 18.000 euros IVA excluido para el resto de contratos) y se caracterizan porque se pueden adjudicar directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar. En cuanto a la tramitación del expediente, el texto refundido de la ley de contratos sólo exige la aprobación del gasto y la incorporación al mismo de la factura. Todas las Administraciones utilizan esta fórmula incluidos los Ayuntamientos.

En el caso del Ayuntamiento de Madrid la Instrucción 3/2012, que establece las medidas a adoptar en relación con la contención del gasto, ha delimitado los supuestos de aplicación del contrato menor, refiriéndolos a necesidades puntuales y perfectamente definidas y ha establecido como medida para favorecer la concurrencia y una mayor eficiencia en el gasto, la exigencia de tres presupuestos como mínimo en la tramitación de los contratos menores de importe superior a 1.000 euros.

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