martes, 26 de enero de 2016

Ventajas de los vehículos a gas -GNC y GLP- en Madrid - febrero 2016

El Ayuntamiento de Madrid promociona los vehículos propulsados por energías alternativas por ser menos contaminantes con ventajas y exenciones.

6 nuevas estaciones GNC en Madrid en 2016
1. Reducción del 75% del IVTM (Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica) para híbridos no enchufables, GNC y GLP desde el primero hasta el sexto año. Vehículos que no sean de combustión interna, híbridos enchufables y eléctricos de rango extendido desde el primer año y con carácter indefinido.

2. Reducción del 20% sobre tarifa en los parquímetros del SER: para híbridos no enchufables, GNC y GLP.

3. Permite repartir en calles peatonales a los vehículos de hasta 5.000 kilos de capacidad, en lugar de hasta 3.500, para vehículos híbridos no enchufables, GNC, GLP, vehículos que no sean de combustión interna, híbridos enchufables y eléctricos de rango extendido.

4. Amplía el horario de distribución de mercancías: En las APR (Cortes, Embajadores, Letras y Ópera) el horario de carga y descarga común es:
  • El horario general es de 08:00 a 13:00 horas.
  • Los vehículos propulsados con GNC, GLP, Híbridos o que tienen la autorización Cero Emisiones del Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) de 08:00-18:00 horas
5 NUEVO. El Nuevo Protocolo para Episodios de Alta Contaminación por NO2 (desde el 1 de febrero de 2016) incluye dentro de las "Excepciones a la restricción de la circulación del 50% de los vehículos en el interior de la almendra central (área interior de la M‐30) y de la circulación por la M‐30" a los vehículos híbridos no enchufables o propulsados con GLP o GNC.

Ayudas a la compra vigentes


Actualmente el Plan MOVEA 2015-2016 fija las siguientes subvenciones:

a) Categoría M1 / TURISMOS:
I. Propulsados por GLP/Autogás o bifuel:
i. 1.100 euros para aquellos vehículos cuyo precio no supere los 10.000 euros.
ii. 2.500 euros para aquellos vehículos cuyo precio no supere los 25.000 euros.
II. Propulsados por GNC, GNL o bifuel, 3.000 euros para aquellos vehículos cuyo precio no supere los 25.000 euros.

b) Categoría N1 / FURGONETAS Y CAMIONES LIGEROS:
I. Propulsados por GLP/Autogás o bifuel:
i. 2.000 euros para aquellos vehículos con una Masa Máxima en carga Técnicamente Admisible (MMTA) inferior a 2.500 kilos.
ii. 3.000 euros para aquellos vehículos con una Masa Máxima en carga Técnicamente Admisible (MMTA) igual o superior a 2.500 kilos.
II. Propulsados por GNC, GNL o bifuel:
i. 2.500 euros para aquellos vehículos con una Masa Máxima en carga Técnicamente Admisible (MMTA) inferior a 2.500 kilos.
ii. 5.500 euros para aquellos vehículos con una Masa Máxima en carga Técnicamente Admisible (MMTA) igual o superior a 2.500 kilos.

c) Categorías M2 y N2 / AUTOBUSES, AUTOCARES, FURGONETAS LIGERAS Y CAMIONES LIGEROS:
I. 10.000 euros para aquellos vehículos propulsados por GLP/Autogás, GNC, GNL o bifuel.

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