domingo, 19 de agosto de 2012

Zona de protección acústica especial para el distrito Centro

Malasaña, Chueca, las Cavas y plaza de Santa Ana son las más ruidosas

Zona de protección acústica especial para el distrito Centro La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid ha aprobado la Declaración de la Zona de Protección Acústica Especial (ZPAE) y el Plan Específico del Distrito de Centro. De esta forma, el Ayuntamiento da respuesta a las reclamaciones vecinales para reducir los altos niveles sonoros ambientales que producen el elevado número de actividades de ocio del distrito.

Este plan tiene como antecedente la primera zona de ocio nocturno cartografiada que fue Aurrerá y que se declaró ZPAE en octubre de 2010. Esta iniciativa ha servido para llevar el mismo procedimiento para el distrito de Centro en su totalidad. Se han tenido en cuenta los datos obtenidos para el tráfico rodado del Mapa Estratégico del Ruido y se han realizado dos campañas de mediciones que han servido para elaborar la cartografía de ocio nocturno de la zona. Los resultados de las medidas confirmaron que los niveles registrados, en periodo nocturno, no cumplen con los objetivos de calidad acústica establecidos en la mayoría de las zonas del distrito, llegando a superarlos, en alguna de ellas, en más de 10 dBA.

La aprobación inicial se produjo en marzo de 2012 y tras un período de información pública de un mes se estudiaron y atendieron las 28 alegaciones que presentaron por empresarios, vecinos y grupos políticos, de las que se estimaron parcialmente 24.


La modificaciones incorporadas han sido las siguientes:

- Se suprime la habilitación a la Junta de Gobierno para retrasar una hora la apertura de bares y cafeterías
- Modificación del porcentaje de plazas de aparcamientos exigidas a las nuevas actividades
- También se han incluido propuestas para la elaboración del Plan de Movilidad, como la implantación de medidas específicas para el control del régimen de carga y descarga, o restricciones al estacionamiento
- Además, se elaborará una Guía de Buenas Prácticas

Plan Zonal Específico para combatir el ruido del Distrito Centro - pincha para ampliar el plano

Zonas de contaminación acústica


Atendiendo a los niveles de contaminación acústica existentes, se han establecido tres zonas con características y medidas correctoras diferentes: zona de contaminación acústica alta, en las que se ha apreciado una superación de los objetivos de calidad acústica, en el indicador del nivel de ruido en periodo nocturno Ln, igual o superior a 10 dBA; moderada cuando supera ese indicador de nivel entre 5 y 10 dBA y baja cuando la superación no llega a 5 dBA.

El entorno de Malasaña, el área de Chueca a la derecha de la calle de Hortaleza, de las cavas, así como el entorno de la plaza de Santa Ana en Huertas es donde hay una mayor actividad de ocio nocturno y son consideradas zonas de contaminación acústica alta.

Objetivo: reducir el ruido


De las medidas correctoras a aplicar en el desarrollo de la ZPAE del distrito de Centro para reducir los niveles de ruido destacan, entre otras, las siguientes:

Zona de contaminación acústica Alta
A esta zona se le aplicarán las medidas más restrictivas, entre las cuales figuran:


  • No se permitirá la apertura de nuevos locales de espectáculos públicos (restaurantes o café espectáculo, salas de fiesta), actividades recreativas (discotecas o salas de baile) y otros establecimientos como bares de copas, bares o restaurantes
  • Para los locales de ocio más molestos (discotecas, salas de fiesta, bares de copas, etcétera), se habilita a la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid para adelantar su horario de cierre
  • En los locales que ya existen sólo se admitirán los cambios de actividad cuando la nueva a implantar sea menos molesta que la actual, por ejemplo, una discoteca podrá cambiar a restaurante, pero no a la inversa.


Zona de contaminación acústica Moderada
Entre las medidas restrictivas contempladas, están:


  • No se permitirá la apertura de nuevos locales de: espectáculos públicos (restaurantes o café espectáculo, salas de fiesta); actividades recreativas (discotecas o salas de baile) y otros establecimientos como bares de copas. Sí se permite la instalación de bares o restaurantes con un determinado régimen de distancias.
  • Al igual que en las zonas de contaminación acústica alta, en las actividades existentes sólo se admitirán los cambios de actividad cuando ésta sea a otra menos molesta.

Zona de protección acústica especial para el distrito Centro
Zona de contaminación acústica Baja
En este caso, se permitirá la instalación de nuevos locales de ocio nocturno, pero con un régimen de distancias entre el nuevo local y las actividades existentes, según éstas se encuentren en una zona de contaminación acústica alta (100 m.), moderada (75 m.) o baja (30 m.).

Medidas de carácter general


La declaración de ZPAE también incluye medidas de carácter general, entre las que cabe destacar:


  • La exigencia de que todas las actividades nuevas dispongan, con carácter exclusivo, de un número de plazas de aparcamiento igual al 10% de su aforo en un radio máximo de 200 metros de su ubicación.
  • La elaboración de un Plan de Movilidad para el distrito de Centro, que permita adecuar la demanda de movilidad específica durante los periodos de ocio nocturno. El Plan incluirá medidas del tipo:

- Estudio de la implantación de un régimen regulador especial de la carga y descarga.
- Intensificar el control del estacionamiento en doble fila.
- Limitar el estacionamiento en superficie, en determinados días y horas, para los no residentes.
- Estudio de la peatonalización de aquellas calles donde la medida sea efectiva.

  • Continuar con la realización de campañas de concienciación y sensibilización dirigidas a los usuarios de ocio nocturno.
  • Control de la venta y consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública.
  • Elaboración de una Guía de Buenas Prácticas.

No hay comentarios :

Publicar un comentario