lunes, 28 de julio de 2008

CONSUMADRID

Es el portal del consumidor de la Comunidad de Madrid. Aprovecho una noticia relacionada para invitaros a visitar esta web si tenéis espíritu viajero, si sois de aquellos insensatos que abandonáis la Comunidad justo ahora cuando los residentes vivimos como reyes en un mundo apocalíptico donde no ves ni a Hancock por las desérticas calles. Un lujo oigan. Pero también es útil para los sabios custodios de Madrid.



El gobierno regional, tras recibir quejas sobre el asunto, expedientará a las aerolíneas de bajo coste que están duplicando las tasas por equipaje a los usuarios

La Comunidad considera que el cobro del equipaje puede constituir infracción administrativa atendiendo a lo señalado en la Ley 48/1960, de 21 de julio, de Navegación Aérea, y a lo fijado en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, entre otras normas.


Como os decía, no olvidéis visitar Consumadrid porque además de verter vuestras quejas, consultas o reclamaciones, podréis resolver bastantes dudas leyendo las respuestas a las 50 preguntas más frecuentes en vacaciones. Os pego aquí algunas:

1. ¿Qué hago si me pierden la maleta en el autobús, el tren o el avión?

La compañía de transporte es responsable de todo el equipaje facturado. Por lo tanto, si se pierde alguna maleta, ella será la responsable y deberá pagar una indemnización al viajero afectado. Si le sucede ese incidente en un autobús, reclame a la compañía y, si no soluciona el problema, acuda a la Junta Arbitral de Transportes (C/ Orense, nº 60. 28020 Madrid. Tel: 91 580 29 58) o al Consorcio Regional de Transportes. Si el problema lo ha tenido en el tren, sepa que RENFE está adherida al Sistema Arbitral de Consumo, por lo que puede solicitar un arbitraje en la calle Ventura Rodríguez, 7, 5ª planta, de Madrid. Para problemas en el avión, debe acudir al mostrador de la compañía aérea para plasmar por escrito la queja correspondiente. Puede hacerlo rellenando un impreso denominado Parte de Irregularidades (P.I.R), que es necesario para que la compañía tramite la incidencia, o también puede presentar una reclamación en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aviación Civil (Paseo de la Castellana, 67. Madrid. Tel: 91 597 83 21). Puede consultar más datos sobre reclamaciones en medios de transporte pinchando aquí.





4. Compré un billete para un vuelo regular a un país de la Unión Europea y tenía confirmada esa reserva. Sin embargo, no he podido coger ese avión por estar completas las plazas. ¿Qué puedo hacer y ante quién reclamo? ¿Y si volara a un país de fuera de la UE?

En primer lugar, tanto si es un vuelo a un país perteneciente a la UE como si es de fuera, tendrá que reclamar por escrito ante la compañía aérea. Si no le contestan o la respuesta no le satisface, podrá dirigirse a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea dentro de la Dirección General de Aviación Civil (Pº de la Castellana, 67, 28071 Madrid). Para saber qué indemnizaciones le corresponderían, pinche aquí.



26. Saqué la entrada para ver una película en un cine de verano y, cuando empezó el pase, la película era otra. ¿Puedo pedir que me devuelvan el dinero? En este caso, usted como consumidor tiene derecho a que se le devuelva el precio de la entrada, siempre y cuando haya abandonado el lugar donde se proyectaba la película antes de que finalizara, puesto que la ley obliga a los empresarios a reflejar en sus programas y carteles con claridad el contenido a desarrollar. Pero si ve la película completa, no podrá solicitar la devolución.

37. He llamado a una grúa y el conductor se niega a llevar mi coche al taller que yo le digo. ¿Puede hacerlo?

No pueden condicionar la aceptación del servicio al traslado del coche a un taller determinado. Tenemos derecho a exigir que nuestro vehículo sea transportado al taller que elijamos.


41. Me hicieron un presupuesto de 200 euros para reparar una avería de mi coche. Estuve de acuerdo y lo acepté. Cuando fui a recogerlo me dijeron que la factura se había incrementado en 100 euros debido a una avería que no habían detectado anteriormente. ¿Los debo pagar?

La factura siempre debe coincidir con el presupuesto. Si, en el momento de efectuar la reparación, el taller detecta que hay defectos ocultos que no se habían visto, tiene la obligación de comunicárselo y sólo si usted presta conformidad por escrito, el taller podrá efectuar la reparación de la avería no incluida en el presupuesto. Si el taller no se lo ha comunicado puede solicitar las hojas de reclamaciones y poner su queja por escrito.


46. Si pongo una reclamación, ¿qué garantías tengo de que me van a hacer caso?

Poniendo una reclamación, obtendrá una respuesta a su queja por parte de las Administraciones de consumo, cuya función es mediar entre usted y el empresario para que intenten llegar a un acuerdo. Tenga en cuenta que no siempre se llega a acuerdos, a pesar de esta mediación. Otra posibilidad que tiene es solicitar un arbitraje. En la Comunidad de Madrid hay más de 15.000 empresas adheridas voluntariamente a este sistema que funciona como un procedimiento extrajudicial y gratuito y del que sale un laudo de obligado cumplimiento, igual que si fuera una sentencia judicial. Actualmente también se están realizando arbitrajes a través de videoconferencias entre las comunidades autónomas de Madrid, Valencia y Murcia. Puede conocer más sobre el arbitraje de consumo pinchando aquí.



49. Durante las vacaciones, tuve un problema con un establecimiento de otra provincia, ¿puedo reclamar ahora en Madrid o tenía que haberlo hecho allí?

Puede reclamar en Madrid, dirigiéndose a la oficina municipal de información al consumidor o a la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid, donde podrá presentar un escrito de reclamación y adjuntar toda la documentación de la que disponga y que pueda apoyar su reclamación (facturas, tiques, contratos, publicidad, etc).

1 comentario :

  1. gerardo maldonado garcia15 de junio de 2011, 20:55:00 CEST

    me pueden informar acerca de la existencia en España de un llamado "Libro de Gobierno" que por obligacion legal deben tener en sus establecimientos los restaurantes,hoteles y otros prestadores de servicio,la legislacion que lo regula y demas informacion al respecto.Gracias.

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