viernes, 8 de enero de 2010

Inspecciones para controlar las rebajas

Del 7 de enero al 31 de marzo de 2010


30 inspectores de Consumo del Ayuntamiento de Madrid han comenzado hoy los controles correspondientes a la Campaña de Rebajas con el objetivo de comprobar el grado de cumplimiento de la normativa que regula esta actividad comercial. Hasta el 31 de marzo, último día del primer periodo anual de rebajas, el Ayuntamiento realizará 1.860 inspecciones a establecimientos repartidos en los 21 distritos.


Requisitos específicos


Los inspectores controlarán aspectos específicos, entre ellos:

- Que se exhiban las fechas de las rebajas elegidas por cada comerciante en lugar visible al público, incluso cuando permanezca cerrado el establecimiento.

- Que las fechas de rebajas que se exhiben se adecuen al tiempo establecido legalmente: mínimo una semana y máximo dos meses, a elegir desde el 1 de enero al 31 de marzo.

- Que se exhiban los precios, inicial y rebajado, de cada uno de los artículos expuestos tanto en el escaparate como en el interior del establecimiento.

- Que no se anuncie con carácter general en el establecimiento rebajas cuando dicha venta afecte a menos de la mitad de los productos ofrecidos.

- Que si las rebajas no son en todo el establecimiento los productos estén debidamente separados y diferenciados de los no rebajados para no inducir a equívocos.

- Que los artículos rebajados no estén deteriorados.


Requisitos generales


El control anterior se verá complementado con el de los requisitos generales contenidos en la normativa de consumo que deben cumplir todos los establecimientos, como son:

- La obligación de disponer de hojas de reclamaciones en los comercios, que serán anunciadas mediante cartel ajustado al modelo oficial.

- Para aquellos consumidores que lo soliciten, los establecimientos deben disponer de facturas o documentos acreditativos de las compras u operaciones efectuadas, en estos documentos debe ir al menos la información obligatoria contenida en la ley, como la identificación del vendedor o responsable, los importes, los conceptos por los que se satisfacen dichos importes y la fecha.

- No deben existir en los establecimientos carteles con publicidad o con cláusulas que puedan inducir a error al consumidor o vayan en contra de los derechos que tienen reconocidos.

- Cuando se anuncian tarjetas de crédito o débito en el establecimiento estas deben ser admitidas como medio de pago incluso en época de rebajas.

Infracciones


Las principales infracciones detectadas en lo relativo a la actividad de rebajas en la campaña anterior fueron:


- En el 9,5% de los establecimientos no se indican las fechas de realización de las rebajas.
- En el 7,2% de los establecimientos que cuentan con escaparate no se exhiben correctamente el precio anterior y el rebajado de los productos expuestos. En el interior del local el incumplimiento del doble marcado de precios es del 4,5%.

Y en cuanto a los requisitos generales de los establecimientos:
- EL 5,8% de los establecimientos que realizan arreglos no exhiben los precios de los mismos.
- El 4,8% de los tickets o justificantes de compra emitidos presentan irregularidades ya que no contiene todos los datos preceptivos (identificación del vendedor, cantidad abonada, concepto por el que se satisface y fecha). Y el porcentaje de establecimientos que no entregan ningún documento acreditativo de la compra efectuada es del 0,5%
- El 4,4% de los establecimientos carecen del cartel anunciador de las hojas de reclamaciones y el 4,0% no disponen de las mismas.

Cuando concluya la campaña se iniciarán los expedientes sancionadores correspondientes por las infracciones detectadas, y se evaluarán los datos obtenidos con objeto de comprobar la evolución de esta actividad.

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