jueves, 29 de abril de 2010

Un código identificativo para los comercios madrileños

Los locales con puerta de calle y las agrupaciones de comercios de la capital tendrán un DNI, un código identificativo que va a permitir al Ayuntamiento de Madrid mejorar la gestión de los asuntos municipales que afectan a este tipo de establecimientos en materias como urbanismo, seguridad, condiciones medioambientales, su relación con los ciudadanos... El Pleno municipal, celebrado ayer, aprobó la Ordenanza que regulará la asignación de dicho código.


Otra de las ventajas de esta iniciativa del Gobierno de la Ciudad es el conocimiento actualizado de la estructura socioeconómica de Madrid y de sus actividades, así como su ubicación y evolución. Una completa información para que la administración más próxima al ciudadano adopte decisiones que mejoren la vida de los vecinos.

El objetivo de esta norma es solucionar los problemas que ­-tanto en la práctica diaria de la gestión de los asuntos de interés municipal como en la relación de los ciudadanos con estos espacios- ocasiona el hecho de no contar con un sistema que los identifique fácilmente, sin dar lugar a confusiones.

Asignación del código


La Ordenanza establece el procedimiento para asignar un código identificativo a los locales que desarrollen actividades económicas o de otra índole, y dispongan de un acceso independiente y directo desde la calle. También a aquellas tiendas que forman parte de una agrupación comercial.

El código será permanente, mientras exista el local, e independiente de las distintas actividades que puedan realizarse en el mismo a lo largo de su vida útil. Operará, por tanto, de forma similar al número del documento de identidad en la identificación de las personas.

Código postal, letra y número


Para definir la composición del código, el Gobierno de la Ciudad ha buscado una fórmula que facilite su uso a los ciudadanos y les permita recordarlo fácilmente: la dirección postal del edificio en el que está enclavado, además de una letra, que sirve para distinguir si es un local independiente o un local de una agrupación de locales, seguido de un número correlativo. Esta manera de confeccionar los códigos es parecida a la que tradicionalmente se utiliza para identificar las viviendas dentro de los inmuebles.

Una vez que entre en vigor la Ordenanza, el Ayuntamiento asignará el código identificativo a todos los locales afectados y se lo comunicará a los titulares de los mismos. Durante esta operación recogerá, además, información complementaria sobre la actividad de cada local, con el fin de elaborar el Censo de Locales de la Ciudad de Madrid, que estará en actualización continua.

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