El Ministerio de Fomento tiene previsto mantener el próximo lunes 20 de noviembre una reunión con Fedetaxi, asociación mayoritaria del sector del taxi, para analizar el desarrollo de las medidas para mejorar la situación en el sector del taxi y su convivencia armónica con el del alquiler de vehículos con conductor (VTC).
Actualmente, el Ministerio de Fomento está pendiente de los últimos trámites para elevar al Consejo de Ministros, antes de finales de año, un proyecto de Real Decreto que, entre otras medidas, impedirá las prácticas especulativas de aquellos que han solicitado licencias de VTC, no con intención de operarlas, sino para lucrarse con su inmediata reventa.
De igual forma, esta disposición garantizará la exigencia del requisito de contratación previa, evitando que los servicios de VTC capten viajeros circulando por las vías públicas, introduciendo la obligación de comunicar a un registro público el servicio con anterioridad a su prestación.
Mediante este registro, también se permitirá un control más eficaz del cumplimiento de la obligación de realizar de manera habitual los servicios de VTC en el territorio de la Comunidad Autónoma que otorgó la correspondiente autorización, ya que la normativa vigente únicamente permite realizar fuera del territorio de dicha comunidad un 20% de los servicios, contabilizados trimestralmente.
Además, los vehículos adscritos a nuevas autorizaciones, aunque éstas hayan sido obtenidas mediante sentencia, deben cumplir los requisitos vigentes en la actual normativa, con independencia de los que estuvieran vigentes en el momento que se realizó la solicitud de la correspondiente autorización.
Con este tipo de medidas se prevé frenar el impacto que tendrá en el sector las últimas sentencias judiciales. En dichos procedimientos judiciales, la Administración General del Estado se ha personado con el objetivo de evitar la concesión de nuevas licencias por esta vía. A pesar de ello, el Gobierno no tiene capacidad de actuar frente a autorizaciones que se están otorgando por la vía judicial mediante sentencia, aunque se esté superando el ratio del 1/30.
En este sentido, cabe recordar que las Comunidades Autónomas han venido rechazando, en vía administrativa, las peticiones recibidas de nuevas solicitudes de autorizaciones de VTC, ya que el ratio 1 autorización de VTC por cada 30 de taxi establecido en la regulación vigente se encuentra agotado.
Fomento recuerda que las autorizaciones VTC obtenidas por sentencia corresponden a recursos presentados entre 2009 y 2013, y en menor medida hasta el 2015, tras el vacío legal que se produjo durante el citado periodo como consecuencia de la aprobación en 2009 por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero de la Ley Ómnibus.
Dicha ley introdujo la liberalización del sector del taxi y llevó a que empresas a las cuales se les había denegado la autorización en vía administrativa por estar agotada la proporción del 1/30 (que ya estaba vigente antes de la aprobación de la Ley Ómnibus) recurrieran la vigencia de esas limitaciones ante los tribunales de justicia.
Gracias a la nueva regulación del año 2013 en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, y su posterior desarrollo reglamentario aprobado en 2015, se solucionó el problema de la inseguridad jurídica, evitando que prosperen los recursos para obtener licencias por la vía judicial presentados a partir de entonces.
Actualmente, el Ministerio de Fomento está pendiente de los últimos trámites para elevar al Consejo de Ministros, antes de finales de año, un proyecto de Real Decreto que, entre otras medidas, impedirá las prácticas especulativas de aquellos que han solicitado licencias de VTC, no con intención de operarlas, sino para lucrarse con su inmediata reventa.
De igual forma, esta disposición garantizará la exigencia del requisito de contratación previa, evitando que los servicios de VTC capten viajeros circulando por las vías públicas, introduciendo la obligación de comunicar a un registro público el servicio con anterioridad a su prestación.
Mediante este registro, también se permitirá un control más eficaz del cumplimiento de la obligación de realizar de manera habitual los servicios de VTC en el territorio de la Comunidad Autónoma que otorgó la correspondiente autorización, ya que la normativa vigente únicamente permite realizar fuera del territorio de dicha comunidad un 20% de los servicios, contabilizados trimestralmente.
Además, los vehículos adscritos a nuevas autorizaciones, aunque éstas hayan sido obtenidas mediante sentencia, deben cumplir los requisitos vigentes en la actual normativa, con independencia de los que estuvieran vigentes en el momento que se realizó la solicitud de la correspondiente autorización.
Con este tipo de medidas se prevé frenar el impacto que tendrá en el sector las últimas sentencias judiciales. En dichos procedimientos judiciales, la Administración General del Estado se ha personado con el objetivo de evitar la concesión de nuevas licencias por esta vía. A pesar de ello, el Gobierno no tiene capacidad de actuar frente a autorizaciones que se están otorgando por la vía judicial mediante sentencia, aunque se esté superando el ratio del 1/30.
En este sentido, cabe recordar que las Comunidades Autónomas han venido rechazando, en vía administrativa, las peticiones recibidas de nuevas solicitudes de autorizaciones de VTC, ya que el ratio 1 autorización de VTC por cada 30 de taxi establecido en la regulación vigente se encuentra agotado.
Concesión de licencias por vía judicial
Fomento recuerda que las autorizaciones VTC obtenidas por sentencia corresponden a recursos presentados entre 2009 y 2013, y en menor medida hasta el 2015, tras el vacío legal que se produjo durante el citado periodo como consecuencia de la aprobación en 2009 por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero de la Ley Ómnibus.
Dicha ley introdujo la liberalización del sector del taxi y llevó a que empresas a las cuales se les había denegado la autorización en vía administrativa por estar agotada la proporción del 1/30 (que ya estaba vigente antes de la aprobación de la Ley Ómnibus) recurrieran la vigencia de esas limitaciones ante los tribunales de justicia.
Gracias a la nueva regulación del año 2013 en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, y su posterior desarrollo reglamentario aprobado en 2015, se solucionó el problema de la inseguridad jurídica, evitando que prosperen los recursos para obtener licencias por la vía judicial presentados a partir de entonces.
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