sábado, 13 de julio de 2013

La nueva normativa de los 'hostels' permitirá atraer a miles de turistas a la región

La nueva normativa de los 'hostels' permitirá atraer a miles de turistas a la región
La Comunidad prepara un decreto para regular los llamados 'hostels', nombre con el que se conoce internacionalmente a los albergues turísticos, que tienen gran implantación a nivel internacional, pero mucho más escasa en la región debido a la falta de marco normativo. La nueva regulación permitirá el desarrollo de este tipo de alojamientos, ofreciendo una alternativa a los turistas a precios razonables y garantizando una calidad en el servicio.

El Gobierno regional prevé que a raíz de la nueva norma abran unos 20 hostels en el plazo de tres años, atrayendo a unos 500.000 nuevos turistas que optan por este tipo de establecimientos y creando miles de empleos. Sobre la mesa, el Gobierno regional tiene proyectos y planes de inversión de empresas y emprendedores interesados en abrir establecimientos de este tipo, que gozan de gran aceptación en otras capitales europeas.

Este decreto pretende dar respuesta a las demandas del sector turístico, a la demanda efectiva de los hostels ya existentes (hay unos 15 abiertos en Madrid) y a la necesidad de ordenar una actividad ya reconocida en otras comunidades autónomas (Valencia y Extremadura) y en la mayoría de los países europeos. En Madrid hay unas 1.800 camas en este tipo de establecimientos, con una ocupación media del 85%.

Por tanto, a través de los hostels visitan Madrid unas 250.000 personas al año. Teniendo en cuenta que la regulación de los albergues turísticos en otras comunidades ha triplicado el número de visitantes, se prevé que Madrid pueda atraer a 750.000 turistas cada año, aumentado en 500.000 los cerca de diez millones de turistas que vienen a la región anualmente.

Requisitos mínimos de las hosterías


La característica principal de los hostels es que cuentan con habitaciones con literas para grupos, pero también individuales y dobles. Se clasificarán en una única categoría y se ubicarán en edificios integrales. En el precio del alojamiento se entenderán incluidos los suministros de agua, energía, climatización, uso de ropa de cama y baño y limpieza de habitaciones.

Los establecimientos que cuenten con un número inferior a 50 habitaciones deberán ofertar una habitación adaptada para personas con discapacidad, incrementándose esta proporción en una habitación adaptada más, por cada 50 habitaciones o fracción. Los cuartos de baño podrán ser individuales o colectivos y estarán dotados de lavabo, inodoro y ducha.

Estos alojamientos deberán ofrecer acceso a medios telemáticos y ordenadores, así como a teléfonos. También deberán contar con lavadoras/secadoras para uso de clientes y servicios de desayuno e información turística y cultural de la Comunidad. La principal diferencia entre los hostels y los albergues juveniles (hay varios en la región) reside en que los primeros deben estar abiertos al público en general, sin limitación de edad, además de que en ellos se ofrece información turística.

No hay comentarios :

Publicar un comentario