La gestión urbanística para desbloquear la parcela junto a las Cuatro Torres sigue a buen ritmo. El Pleno del mes de febrero ha aprobado definitivamente el Plan Especial para regular los nuevos usos e impulsar el ámbito y la Junta de Gobierno ha aprobado licitar en concurso público el derecho de superficie para su gestión durante los próximos 75 años. Un nuevo paso hacia el Madrid del futuro que se enmarca en el esfuerzo que realiza el Gobierno de la ciudad por poner en valor el patrimonio público de suelo. Según la alcaldesa de Madrid, Ana Botella, esta aprobación "es importante porque se da salida a un suelo que estaba sin utilizar y porque los madrileños tendrán unas nuevas dotaciones".
El desarrollo de esta parcela, con cuya edificación se consolida definitivamente el ámbito de las Cuatro Torres y el enlace con Distrito Castellana Norte, reequilibra la zona creando un nuevo foco de actividad.
El Plan Especial califica la parcela como Equipamiento Singular y, como uso alternativo, incorpora la posibilidad de destinar la parcela al uso de Administración Pública. Además, establece el régimen de usos compatibles, definiendo los usos asociados y complementarios admisibles. Éstos serán los de recreativo y ocio, el comercial en pequeño y mediano comercio, y el de otros servicios terciarios distintos al de oficina. Según la alcaldesa de Madrid, Ana Botella, "no se ha hecho ninguna modificación del Plan General, el Plan Especial lo que hace es un cambio de los usos.... para hacer viable un terreno que estaba parado para que acudan a esta licitación empresas que quieran concurrir a construir en ese suelo por un lado una dotación para los madrileños y por otro una edificación que establece diferentes posibilidades".
Estas condiciones urbanísticas suponen la hoja de ruta que seguirán los interesados en gestionar la parcela, entre cuyas obligaciones también estará la de urbanizar la zona verde aneja, también de propiedad municipal, que quedó vinculada al desarrollo de la parcela para que se integrara en el conjunto.
Tras la autorización de la Junta, en breve se publicarán los pliegos que recogen las condiciones que rigen la cesión del derecho de superficie para la construcción y explotación de los edificios en los que se materializarán los usos permitidos por el planeamiento en la parcela, que tiene 33.325 metros cuadrados y una edificabilidad máxima de 70.000 metros cuadrados, admitiéndose hasta un 25% de dicha edificabilidad (17.500 metros cuadrados) para usos compatibles.
El adjudicatario llevará a cabo la construcción y explotación del equipamiento singular (educativo, cultural, salud, bienestar social o religioso), y también podrá destinar la parcela, total o parcialmente, al uso alternativo de Administración Pública. Como usos compatibles se admiten los usos complementarios (recreativo y ocio, comercial en pequeño y mediano comercio y otros servicios terciarios).
Los pliegos recogen también el calendario en el que debe llevarse a cabo el desarrollo del ámbito. Así el plazo de presentación de proposiciones es de un mes una vez publicado en los Boletines Oficiales del Estado y de la Comunidad de Madrid.
Una vez formalizada en escritura pública la cesión del derecho de superficie, el adjudicatario debe elaborar definitivamente el Proyecto y solicitar la licencia en el plazo máximo de nueve meses. Para la finalización de las obras de edificación y de urbanización se establece un plazo máximo, siempre que no sea necesario modificar el planeamiento, de 32 meses. Por lo tanto, y según el calendario previsto, coincidiendo con la finalización de la próxima legislatura, el desarrollo del ámbito habrá finalizado.
Con respecto al valor de la cesión del derecho de superficie, se ha establecido un canon anual inicial, al alza, de 1.935.748,89 euros sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido.
En cuanto a la valoración de ofertas se puntuará positivamente que las edificaciones sean eficientes energéticamente, tanto en su construcción como en su uso posterior; y en el aspecto arquitectónico, que el conjunto aporte una pieza singular al paisaje urbano. Además, deberá integrarse en el ámbito y facilitar el uso peatonal y la variedad de usos, lo que enriquecerá el tejido urbano y remata el enlace con el Distrito Castellana Norte.
El desarrollo de esta parcela, con cuya edificación se consolida definitivamente el ámbito de las Cuatro Torres y el enlace con Distrito Castellana Norte, reequilibra la zona creando un nuevo foco de actividad.
El Plan Especial califica la parcela como Equipamiento Singular y, como uso alternativo, incorpora la posibilidad de destinar la parcela al uso de Administración Pública. Además, establece el régimen de usos compatibles, definiendo los usos asociados y complementarios admisibles. Éstos serán los de recreativo y ocio, el comercial en pequeño y mediano comercio, y el de otros servicios terciarios distintos al de oficina. Según la alcaldesa de Madrid, Ana Botella, "no se ha hecho ninguna modificación del Plan General, el Plan Especial lo que hace es un cambio de los usos.... para hacer viable un terreno que estaba parado para que acudan a esta licitación empresas que quieran concurrir a construir en ese suelo por un lado una dotación para los madrileños y por otro una edificación que establece diferentes posibilidades".
Pliego de condiciones
Estas condiciones urbanísticas suponen la hoja de ruta que seguirán los interesados en gestionar la parcela, entre cuyas obligaciones también estará la de urbanizar la zona verde aneja, también de propiedad municipal, que quedó vinculada al desarrollo de la parcela para que se integrara en el conjunto.
Tras la autorización de la Junta, en breve se publicarán los pliegos que recogen las condiciones que rigen la cesión del derecho de superficie para la construcción y explotación de los edificios en los que se materializarán los usos permitidos por el planeamiento en la parcela, que tiene 33.325 metros cuadrados y una edificabilidad máxima de 70.000 metros cuadrados, admitiéndose hasta un 25% de dicha edificabilidad (17.500 metros cuadrados) para usos compatibles.
El adjudicatario llevará a cabo la construcción y explotación del equipamiento singular (educativo, cultural, salud, bienestar social o religioso), y también podrá destinar la parcela, total o parcialmente, al uso alternativo de Administración Pública. Como usos compatibles se admiten los usos complementarios (recreativo y ocio, comercial en pequeño y mediano comercio y otros servicios terciarios).
Canon y calendario
Los pliegos recogen también el calendario en el que debe llevarse a cabo el desarrollo del ámbito. Así el plazo de presentación de proposiciones es de un mes una vez publicado en los Boletines Oficiales del Estado y de la Comunidad de Madrid.
Una vez formalizada en escritura pública la cesión del derecho de superficie, el adjudicatario debe elaborar definitivamente el Proyecto y solicitar la licencia en el plazo máximo de nueve meses. Para la finalización de las obras de edificación y de urbanización se establece un plazo máximo, siempre que no sea necesario modificar el planeamiento, de 32 meses. Por lo tanto, y según el calendario previsto, coincidiendo con la finalización de la próxima legislatura, el desarrollo del ámbito habrá finalizado.
Con respecto al valor de la cesión del derecho de superficie, se ha establecido un canon anual inicial, al alza, de 1.935.748,89 euros sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Valoración ofertas
En cuanto a la valoración de ofertas se puntuará positivamente que las edificaciones sean eficientes energéticamente, tanto en su construcción como en su uso posterior; y en el aspecto arquitectónico, que el conjunto aporte una pieza singular al paisaje urbano. Además, deberá integrarse en el ámbito y facilitar el uso peatonal y la variedad de usos, lo que enriquecerá el tejido urbano y remata el enlace con el Distrito Castellana Norte.
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