miércoles, 25 de febrero de 2015

Un coche híbrido o de GNC / GLP aparca un 10% más barato que un Diésel Euro VI en Madrid

Desde el 1 de julio de 2014 de 2014, el nuevo Servicio de Estacionamiento Regulado (SER) incorpora la posibilidad de bonificar o penalizar en un 10 o 20% la tarifa base según las emisiones de los vehículos.

Fuente http://www.motoryracing.com/
Los vehículos se clasifican en 5 categorías: A, B, C, D y E.

Categoría A (Bonificación del 20%)


Incluye a los vehículos impulsados por gas (Gas Licuado del Petróleo y Gas Natural Comprimido) y los vehículos híbridos que combinan energía eléctrica y un combustible.

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Para la clasificación de los vehículos dentro de las categorías B, C, D y E, se ha valorado la emisión de óxidos de nitrógeno (NOx) del vehículo aplicando la normativa europea sobre emisiones de vehículos (normas EURO). No se ha pretendido realizar una clasificación general de los vehículos en función de su potencial contaminante global, para la que habría que haber considerado la emisión de CO2 y otros contaminantes.

Categoría B. Gasolina Euro IV y Diésel Euro VI (Bonificación del 10%) 


Entre otros, incluye a vehículos turismos que emiten menos de 80 mg/Km de NOx: turismos de gasolina cuya fecha de primera matriculación es posterior al 1 de enero de 2006 y de combustible diésel que se matriculen a partir del 1 de septiembre de 2015. (Ya existen vehículos a la venta con normativa Euro VI de emisiones)

Nuevas tarifas de los parquímetros (SER) desde el 1 de julio de 2014

Categoría C. Gasolina Euro III y Diésel Euro V & IV (Tarifa base sin bonificación ni penalización)


Los turismos de gasolina con una fecha de primera matriculación desde enero de 2001 a diciembre de 2005 y los diesel a partir de 2006 estarían incluidos en esta categoría, por tener una emisión de NOx inferior a 150 mg/Km y 250 mg/Km, respectivamente (y superior a los de categoría B).

Las furgonetas diésel con una fecha de primera matriculación posterior a enero de 2011 también estarían dentro de esta categoría (emisión de NOx inferior a 280 mg/Km).

Categoría D . Gasolina Euro II y Diésel Euro III (Penalización del 10%) 


Incluye a los turismos gasolina matriculados por primera vez entre enero de 1997 y diciembre de 2000 y los diesel, enero de 2001 y diciembre de 2005, que tienen una emisión de de NOx inferior a 500 mg/Km (y superior a la categoría C)

Las furgonetas diesel con una fecha de primera matriculación comprendida entre enero de 2001 y diciembre de 2010 también estarían dentro de esta categoría (emisión de NOx inferior a 780 mg/Km).

Categoría E . Gasolina Euro I y Diésel Euro II o anteriores (Penalización del 20%)


Los vehículos con una fecha de primera matriculación posterior a la categoría D.

Exención del pago y de la limitación horaria del Servicio de Estacionamiento Regulado S.E.R

Ventajas de los coches eléctricos en Madrid - septiembre 2014
Los vehículos que no son de combustión interna (eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas), así como los vehículos eléctricos enchufables PHEV (Plug in Hybrid Vehicle) y los eléctricos de rango extendido, no están incluidos en esta clasificación puesto que están exentos del pago del SER (previa solicitud de la Tarjeta “0 emisiones”).

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