La Junta de Gobierno ha aprobado el Proyecto de Ordenanza reguladora de los Patrocinios Privados de actividades municipales del Ayuntamiento de Madrid. Entre otras novedades regula las actividades de promoción turística y comercial, un factor determinante para el desarrollo económico y social de la ciudad de Madrid. Asimismo regula la creación de una Comisión Técnica de Patrocinios, órgano colegiado interdepartamental, que asumirá las funciones organizativas necesarias de planificación, coordinación y ordenación.
El Proyecto de Ordenanza pretende ir más allá en cuanto a la determinación de las actuaciones que cuenten con patrocinadores al incorporar ámbitos nuevos. En primer lugar, las actividades de promoción turística y comercial, que a día de hoy constituyen un factor determinante para el desarrollo económico y social de la ciudad de Madrid, y suponen un campo propicio para la colaboración privada. En segundo lugar, el desarrollo de la sociedad de la información, conocimiento e innovación que ha supuesto la aparición de una amplia gama de actividades no contempladas con anterioridad y que desde luego son susceptibles de patrocinios privados.
Igualmente se regula la creación de una Comisión Técnica de Patrocinios, órgano colegiado interdepartamental, que asumirá las funciones organizativas necesarias de planificación, coordinación y ordenación y que será creada por Decreto de Alcalde.
Con el fin de garantizar los principios de libertad de acceso, publicidad, transparencia, no discriminación e igualdad la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobará un Programa Anual de Patrocinios en el que se incluirán todas las actividades que puedan ser patrocinadas durante el año y que será publicado en la página web del Ayuntamiento de Madrid.
El Ayuntamiento de Madrid, por Acuerdo Plenario de 22 de diciembre de 1992, aprobó las "Normas reguladoras del Patrocinio de Actuaciones Municipales". La Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, ha supuesto un punto de inflexión al otorgar a la Ciudad de Madrid un estatus especial frente al resto de los municipios españoles y consagrar su condición de capital de la nación lo que junto con la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno local hace recomendable que se actualice y articule una regulación específica en materia de patrocinio.
La práctica pone de manifiesto que se han venido empleando dos instrumentos, contrato de patrocinio y convenio de patrocinio, sustancialmente diferentes tanto en cuanto a su finalidad como a su sometimiento a la normativa vigente, por lo que es necesario reglamentar el uso de los mismos de forma que se optimice la colaboración de la administración municipal con el sector privado en función de los supuestos ante los que nos encontremos.
El texto contará con un periodo de información pública de treinta días antes de ser aprobado por el Pleno municipal.
El Proyecto de Ordenanza pretende ir más allá en cuanto a la determinación de las actuaciones que cuenten con patrocinadores al incorporar ámbitos nuevos. En primer lugar, las actividades de promoción turística y comercial, que a día de hoy constituyen un factor determinante para el desarrollo económico y social de la ciudad de Madrid, y suponen un campo propicio para la colaboración privada. En segundo lugar, el desarrollo de la sociedad de la información, conocimiento e innovación que ha supuesto la aparición de una amplia gama de actividades no contempladas con anterioridad y que desde luego son susceptibles de patrocinios privados.
Igualmente se regula la creación de una Comisión Técnica de Patrocinios, órgano colegiado interdepartamental, que asumirá las funciones organizativas necesarias de planificación, coordinación y ordenación y que será creada por Decreto de Alcalde.
Con el fin de garantizar los principios de libertad de acceso, publicidad, transparencia, no discriminación e igualdad la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid aprobará un Programa Anual de Patrocinios en el que se incluirán todas las actividades que puedan ser patrocinadas durante el año y que será publicado en la página web del Ayuntamiento de Madrid.
El Ayuntamiento de Madrid, por Acuerdo Plenario de 22 de diciembre de 1992, aprobó las "Normas reguladoras del Patrocinio de Actuaciones Municipales". La Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, ha supuesto un punto de inflexión al otorgar a la Ciudad de Madrid un estatus especial frente al resto de los municipios españoles y consagrar su condición de capital de la nación lo que junto con la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno local hace recomendable que se actualice y articule una regulación específica en materia de patrocinio.
La práctica pone de manifiesto que se han venido empleando dos instrumentos, contrato de patrocinio y convenio de patrocinio, sustancialmente diferentes tanto en cuanto a su finalidad como a su sometimiento a la normativa vigente, por lo que es necesario reglamentar el uso de los mismos de forma que se optimice la colaboración de la administración municipal con el sector privado en función de los supuestos ante los que nos encontremos.
El texto contará con un periodo de información pública de treinta días antes de ser aprobado por el Pleno municipal.
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