jueves, 29 de mayo de 2014

Aprobada la Ordenanza de Dinamización de Actividades de Dominio Público

El Pleno del Ayuntamiento ha aprobado el proyecto definitivo de la Ordenanza de Dinamización de Actividades en Dominio Público. Finalizado el periodo de información pública, en el que 14 entidades han presentado 10 escritos de alegaciones y 4 de observaciones y comentarios. El texto definitivo incorpora 11 modificaciones, todas ellas resultado de un esfuerzo de conciliación entre los intereses, no siempre coincidentes, de los representantes de las diferentes ramas del comercio madrileño.

Aprobada la Ordenanza de Dinamización de Actividades de Dominio Público
El objetivo de la nueva ordenanza es derogar normas obsoletas, eliminar trabas administrativas e innovar para impulsar el crecimiento económico.

La consolidación de los mercados municipales como lugares para emprender requiere agilizar la adecuación de estos a los cambios en los hábitos de consumo, facilitar su capacidad de respuesta a las nuevas demandas de la distribución comercial, mejorar su atractivo comercial y turístico y simplificar los trámites para la implantación en estos de nuevas actividades. Todo ello redundará en un mayor atractivo de los mercados, tanto para los ciudadanos como para futuros inversores.

Declaraciones responsable


Con este fin, la norma agiliza el procedimiento de apertura de negocios en los 46 mercados municipales recogiendo expresamente la aplicación de la figura de la declaración responsable para la implantación de las actividades que, conforme a la normativa específica, puedan acogerse a este régimen. Además, fomenta la continuidad de las empresas, facilita la identificación por la ciudadanía de los locales y mejora las posibilidades de desarrollo de acciones de comunicación, promoción y publicidad de sus actividades.

Los comerciantes instalados en estos equipamientos que se dediquen a la venta de productos no envasados podrán crear zonas de degustación en sus locales y, de forma agrupada, en los espacios comunes. Los titulares de estos negocios podrán habilitar zonas para que sus clientes puedan consumir los productos comercializados por los diferentes locales, mejorando así las posibilidades de los mercados como centros de atracción tanto de consumo interno como de turismo gastronómico.

Nueva ordenanza para comerciantes, hosteleros y empresarios de la alimentación de Madrid
Inspirada en el funcionamiento de los coworkings para emprendedores, una de las aportaciones de la ordenanza es que el titular de un local podrá ceder su uso a varios operadores simultáneamente, de forma que se creen espacios de trabajo compartidos.

Colaboración público-privada


Entre las novedades de la nueva Ordenanza destaca la figura de las Zonas de Iniciativa Emprendedora. Estas zonas siguen el modelo de colaboración público-privada en la gestión urbana que rige en ciudades como Londres, Nueva York o Toronto. En el caso de Madrid, significa que los empresarios de cualquier eje comercial, constituyéndose previamente en Asociaciones Administrativas de Contribuyentes, podrán promover actuaciones de promoción y dinamización comercial en el espacio público, así como colaborar con la administración municipal en la prestación de servicios que contribuyan a hacer más atractivo su entorno.

Así, por ejemplo, los comerciantes de una zona de compras que quieran instalar banderolas u otros elementos decorativos en su calle a modo de reclamo podrán instar al Ayuntamiento para que apruebe y recaude una contribución especial destinada a financiar esta acción promocional.

Pero además de a estas Zonas de Iniciativa Emprendedora, las autorizaciones especiales se podrán conceder también a comerciantes integrados en mercados municipales o asociaciones que desarrollen de forma agrupada su actividad fuera de sus locales y en espacios de dominio público.

Comercio en los espacios públicos


Se adapta la normativa para dar cabida en los espacios públicos a nuevas prácticas comerciales y acciones de promoción. El Ayuntamiento podrá expedir autorizaciones especiales a los comerciantes gestores de los mercados municipales, asociaciones empresariales o zonas de iniciativa emprendedora, para que puedan desarrollar conjuntamente su actividad en plazas, calles y otros espacios públicos.

Venta ambulante

Comercio en los espacios públicos
En cuanto a la venta ambulante, la regulación se mejora, al estilo de las grandes capitales del mundo, para que pueda autorizarse la venta de determinados alimentos envasados en puestos autorizados en la vía pública, siempre que se respete la normativa en materia de higiene, sanidad, calidad y seguridad alimentaria.

A partir de ahora, el Ayuntamiento podrá licitar autorizaciones para que se instalen, por ejemplo, puestos de ensaladas y sándwiches alrededor de estadios de fútbol. Asimismo, en respuesta a las alegaciones del sector, se abre la posibilidad de ampliación de los periodos de determinados tipos de autorizaciones y de unificación de puestos de mercadillos autorizados a un mismo titular.

Por otra parte, se regulan expresamente los mercadillos sectoriales. El régimen de autorizaciones estará sujeto a licitación que se ajustará estrictamente a criterios de interés público, concurrencia y objetividad. Se pretende así frenar la proliferación desordenada de estas actividades en Madrid. La nueva regulación da respuesta a las peticiones de los empresarios madrileños agrupados en torno a CEIM y sus asociaciones, por lo que la normativa municipal evitará la competencia desleal y garantizará de forma más eficaz la libre competencia.

Por último, la ordenanza mejora el régimen jurídico a que están sujetos los quioscos de prensa, flexibilizando algunas restricciones que pesan sobre estos situados y dando más facilidades a sus empresarios. Entre las novedades, cabe señalar que se incrementa el tamaño del quiosco estándar hasta 8 metros, con la posibilidad excepcional de llegar a los 12; se permite que exhiban publicidad de carácter cultural, además de la relativa a los productos que venden, y se quitan las limitaciones que pesaban sobre la contratación de personal.

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