domingo, 25 de marzo de 2012

Ayuda en el IBI 2011 para familias de escasos recursos

Ayuda en el IBI 2011 para familias de escasos recursos
El Gobierno de la Ciudad de Madrid sigue respaldando a las familias con menos recursos económicos. La nueva modalidad de ayuda se dirige a quienes, pese a su situación de precariedad o vulnerabilidad económica, han contribuido al sostenimiento del gasto público a través del pago del IBI. Gracias a ella, los vecinos de Madrid, que cumplan los requisitos establecidos en la misma, podrán acceder a una ayuda de 60 euros por vivienda, limitándose dicha cantidad al valor del IBI abonado en el ejercicio 2011 en caso de que éste hubiera sido inferior. La Dirección General de Familia, Infancia y Voluntariado ha presupuesto con este fin 2,1 millones de euros para este año.

Se trata de la segunda medida compensatoria aprobada por el Ayuntamiento y dirigida a estas familias. La primera se aprobó en 2009 y consistió en la reducción de la Tasa por la prestación del Servicio de Gestión de Recogida de Residuos Urbanos por vivienda habitual.

Requisitos


Pueden solicitar la ayuda aquellas personas que, habiendo sido el pasado año titulares catastrales obligados al pago del IBI de su vivienda habitual, incurran en alguna de las siguientes circunstancias:

• Beneficiarios en 2011 de la reducción de la Tasa por Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos por vivienda habitual.
• Ser una persona física cuya vivienda, ubicada en el término municipal de Madrid, tuviese un valor catastral en 2011 inferior a 10.001 euros y no fueran titulares catastrales de ningún derecho de propiedad, usufructo, superficie o concesión administrativa sobre otro inmueble ubicado en el término municipal de Madrid.
Haber abonado el IBI 2011 y estar al corriente del resto de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Madrid.

Para ello deberán presentar la solicitud, que estará a su disposición en las Oficinas de Línea Madrid o que podrán descargar de la página web municipal www.madrid.es, en el plazo de 30 días naturales a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín del Ayuntamiento de Madrid. Para facilitar esta actuación el Ayuntamiento enviará impresos de solicitud a los domicilios de los posibles interesados.

En caso de no dar consentimiento expreso a la verificación por la Agencia Tributaria del Ayuntamiento del cumplimiento de los requisitos, el solicitante deberá aportar la certificación catastral o de la reducción de la tasa de residuos urbanos de 2011 y copia del justificante de pago del IBI en el mismo ejercicio.

La resolución de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento y podrá consultarse en la sede electrónica del mismo.

Para mayor información los ciudadanos pueden dirigirse al teléfono 010, a cualquiera de las 23 Oficinas de Atención al Ciudadano de Línea Madrid o a la página web del Ayuntamiento de Madrid.

Con esta medida el Ayuntamiento de Madrid se reafirma en su compromiso, recogido en el Plan de Familia, Infancia y Adolescencia (2010-2013), de apoyar a aquellas familias que, por situaciones coyunturales o condiciones personales, económicas y sociales, tienen limitados sus niveles de bienestar o se encuentran en situación de vulnerabilidad.

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