lunes, 19 de marzo de 2012

322 denuncias por circulación de vehículos a motor en terrenos forestales y vías pecuarias

La sanción puede oscilar entre los 150 y 600 euros

Se refuerzan los controles para impedir la circulación de vehículos a motor en vías pecuarias
Los Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid cursaron 322 denuncias y realizaron un total de 16 dispositivos especiales durante el año 2011 en toda la región para evitar la circulación de vehículos a motor y estacionamiento indebidos en montes y terrenos forestales así como en vías pecuarias. Si la denuncia es en una vía pecuaria, se manda al Área de Vías Pecuarias. Si sucede en terreno forestal o en montes, la denuncia será enviada al Área de Disciplina Ambiental.

Los dispositivos especiales se montan en aquellos casos en los que se detecta una incidencia específica como puede ser en zonas de nidificación, afluencia masiva de motoristas en el campo o quejas recibidas por Ayuntamientos y usuarios. Es frecuente durante las labores de vigilancia o en los desplazamientos para la realización de otros servicios, encontrar vehículos circulando por estas zonas o aparcados sin la autorización correspondiente. Estas personas son informadas de las limitaciones al tránsito pudiendo ser objeto de sanción, la cual oscila entre 150 y 600 euros.

Por razones preventivas, y más ahora debido a las altas temperaturas, la legislación referente tanto a vías pecuarias como al ámbito forestal (Ley de Vías Pecuarias y Ley de Montes), prohíben la circulación de vehículos a motor por dichos terrenos, salvo en los casos expresamente autorizados, a fin de poner trabas a la posible afluencia masiva por estos medios al medio natural para minimizar, entre otros posibles daños, que pueda producir un chispazo que prenda la vegetación, el vertido de escombros y basuras, el abandono de residuos, molestias a la fauna, así como el inicio de procesos erosivos del suelo como consecuencia del tránsito de los vehículos por los mismos.


Dispositivos en zonas de nidificación


La Consejería de Presidencia y Justicia, que depende de Regina Plañiol, desarrolla desde hace varios años, a través del Cuerpo de Agentes Forestales, dispositivos de control de vehículos a motor en zonas de nidificación y campeo de las especies más sensibles, especialmente durante los periodos de cría.

Así mismo, realizan dispositivos similares en zonas de especial afluencia de vehículos a motor, zonas donde se localizan vertidos de escombros, basuras o enseres, así como aquellos en los que se aprecian claros signos de deterioro ambiental con motivo de los procesos erosivos que se originan como consecuencia del tránsito tanto de motos como de otro tipo de vehículos, en zonas forestales fuera de las pistas y otros caminos.

El objeto de dichos controles es hacer cumplir la legislación vigente de Vías Pecuarias, montes y terreno forestal (nacional y autonómica) de manera que sea respetado el uso prioritario ganadero o forestal y los complementarios (caminata, bicicleta, cabalgada, así como el acceso de maquinaria agropecuaria a las fincas que las bordean). El resto de vehículos (4x4, quads o motos) que necesiten circular por estos auténticos corredores ecológicos de la Red Natura 2000, así como las pistas forestales, requerirán autorización expresa de la Consejería competente.

Según la normativa vigente, y con carácter general, la circulación de vehículos a motor en los montes a cargo de la Comunidad de Madrid se limita a las vías de tránsito autorizadas, acondicionadas y con la correspondiente señalización, con el objeto de evitar aquellos impactos que pudieran incidir negativamente en estado actual del suelo, de la flora, vegetación, fauna y demás valores naturales, y con el fin de reducir o eliminar otros efectos perjudiciales, como pueden ser la emisión o el vertido de contaminantes y la producción de ruidos.

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