El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha dado hoy luz verde a una nueva convocatoria de ayudas al alquiler y al fomento de la rehabilitación de viviendas, dotada con un presupuesto global que supera los 35 millones de euros y dirigida a familias con menos recursos económicos.
En el caso de las ayudas al alquiler, que suman 17.040.000 euros, podrán solicitarlas cualquier persona física mayor de edad incluida en sectores de población que se consideran más vulnerables, como son los mayores de 65 años y los menores de 35, las familias numerosas o las unidades familiares monoparentales con cargas familiares. También van dirigidas estas ayudas a las unidades de convivencia en las que exista alguna víctima acreditada de violencia de género o de terrorismo, que cuenten con algún miembro con discapacidad o aquellas en las que todas las personas integrantes se encuentran en situación de desempleo y han agotado las prestaciones.
La cuantía de las ayudas supondrá el 40 % de la renta de alquiler que deberá ser igual o inferior a 600 euros mensuales y en algunos casos, dependiendo del municipio como por ejemplo Madrid capital, podrá incrementarse has los 900 euros mensuales. En el caso de los menores de 35 años de edad y los mayores de 65 años la cuantía podrá incrementarse hasta alcanzar el 50 % de la cuantía mensual.
El plazo para solicitar las ayudas al alquiler es de 15 días desde la publicación en el BOCM. Al igual que ya se hizo en la anterior convocatoria, la Comunidad de Madrid y con el objetivo de mejorar la comunicación con los solicitantes, se informará directamente a todos los interesados tanto por SMS, de las distintas fases del proceso así como de los listados provisionales y definitivos.
Las ayudas para la rehabilitación de viviendas, 18 millones de euros en total, contemplan dos líneas de actuación. Por una parte, se aplicará a mejoras de la eficiencia energética y sostenibilidad de las viviendas y, por otra, van a contribuir a la conservación y a una mayor accesibilidad. Cada uno de los programas está dotado con 9.000.000 euros y en esta convocatoria, como novedad, las ayudas se amplían también a viviendas unifamiliares aisladas.
Entre las actuaciones objeto de estas ayudas se incluye por ejemplo, la mejora de la envolvente térmica del edificio, instalaciones de calefacción o refrigeración, mejoras en la protección frente al ruido, conservación de la cimentación, instalaciones, cubiertas, azoteas y fachadas.
En este caso, el plazo para solicitar las ayudas será de dos meses a partir de la publicación de la convocatoria en el BOCM y el límite máximo de la cuantía podrá llegar al 40 % del presupuesto total de la obra.
Entre los beneficiarios de estas subvenciones se incluye a los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios, sociedades cooperativas. También pueden optar a estas ayudas los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios.
En el caso de las ayudas al alquiler, que suman 17.040.000 euros, podrán solicitarlas cualquier persona física mayor de edad incluida en sectores de población que se consideran más vulnerables, como son los mayores de 65 años y los menores de 35, las familias numerosas o las unidades familiares monoparentales con cargas familiares. También van dirigidas estas ayudas a las unidades de convivencia en las que exista alguna víctima acreditada de violencia de género o de terrorismo, que cuenten con algún miembro con discapacidad o aquellas en las que todas las personas integrantes se encuentran en situación de desempleo y han agotado las prestaciones.
La cuantía de las ayudas supondrá el 40 % de la renta de alquiler que deberá ser igual o inferior a 600 euros mensuales y en algunos casos, dependiendo del municipio como por ejemplo Madrid capital, podrá incrementarse has los 900 euros mensuales. En el caso de los menores de 35 años de edad y los mayores de 65 años la cuantía podrá incrementarse hasta alcanzar el 50 % de la cuantía mensual.
El plazo para solicitar las ayudas al alquiler es de 15 días desde la publicación en el BOCM. Al igual que ya se hizo en la anterior convocatoria, la Comunidad de Madrid y con el objetivo de mejorar la comunicación con los solicitantes, se informará directamente a todos los interesados tanto por SMS, de las distintas fases del proceso así como de los listados provisionales y definitivos.
Ayudas a la rehabilitación de viviendas
Las ayudas para la rehabilitación de viviendas, 18 millones de euros en total, contemplan dos líneas de actuación. Por una parte, se aplicará a mejoras de la eficiencia energética y sostenibilidad de las viviendas y, por otra, van a contribuir a la conservación y a una mayor accesibilidad. Cada uno de los programas está dotado con 9.000.000 euros y en esta convocatoria, como novedad, las ayudas se amplían también a viviendas unifamiliares aisladas.
Entre las actuaciones objeto de estas ayudas se incluye por ejemplo, la mejora de la envolvente térmica del edificio, instalaciones de calefacción o refrigeración, mejoras en la protección frente al ruido, conservación de la cimentación, instalaciones, cubiertas, azoteas y fachadas.
En este caso, el plazo para solicitar las ayudas será de dos meses a partir de la publicación de la convocatoria en el BOCM y el límite máximo de la cuantía podrá llegar al 40 % del presupuesto total de la obra.
Entre los beneficiarios de estas subvenciones se incluye a los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios, sociedades cooperativas. También pueden optar a estas ayudas los propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios y las empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de los edificios.
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