La Comunidad, a través del Portal del Consumidor, ofrece una serie de recomendaciones e información de utilidad que los consumidores deben tener en cuenta al adquirir productos de segunda mano, como que la garantía tiene una duración de dos años, tal y como contempla la ley. Además, en aquellos casos en los que el comprador pacte con el establecimiento un plazo de garantía menor, nunca podrá ser inferior a un año.
Este derecho de la legislación de consumo no es aplicable si la compraventa se realiza entre particulares, en cuyo caso el comprador dispondría de seis meses para reclamar ante los tribunales, según establece el Código Civil. Además, el consumidor dispone de un derecho a desistimiento de 14 días aplicable en las compras de segunda mano realizadas por internet, sin que pueda ser penalizado en caso de arrepentirse de su compra.
En cuanto a la garantía, también se recuerda que en el caso de los productos de segunda mano no se contempla la posibilidad de sustituir el artículo en caso de fallo o disconformidad con la compra como en el caso de productos nuevos. En estas ocasiones se acepta la opción de reparar el producto, rebajar su precio o devolverlo.
El Portal del Consumidor también destaca que las tiendas de segunda mano especializadas en cualquier producto deben asegurar que los artículos a la venta se han revisado y deben cumplir requisitos específicos, como tener los productos correctamente etiquetados con datos del fabricante e instrucciones así como advertencias y riesgos de uso.
Asimismo, los establecimientos que venden este tipo de productos deben mostrar su precio final y facilitar el tique o la factura al cliente en el que figuren los datos de la tienda.
Durante el año 2017 se presentaron en la Dirección General de Comercio y Consumo un total de 444, reclamaciones relacionadas con productos de segunda mano, un 26,5 % más que el año anterior. Del total de las quejas presentadas, un 99,1 % (440) correspondieron a la compraventa de vehículos. En cuanto a los motivos más frecuentes de las reclamaciones, destacan las referidas a la falta de atención en garantía (51,13 %), seguida por la venta de objeto defectuosa (18,7 %) e incumplimiento de contrato (7,2 %).
La legislación de consumo en las compras de segunda mano, si se realizan en un comercio, se aplica como en el resto de compras. Es decir, los establecimientos deben disponer de hojas de reclamaciones y se puede poner una reclamación a través de los organismos de consumo como las Oficinas Municipales de Información al Consumidor, a través de la Dirección General de Comercio y Consumo (C/ General Díaz Porlier, 35 de Madrid), o de la sede electrónica de la web de la Comunidad de Madrid, igual que si se tratara de productos nuevos.
Este derecho de la legislación de consumo no es aplicable si la compraventa se realiza entre particulares, en cuyo caso el comprador dispondría de seis meses para reclamar ante los tribunales, según establece el Código Civil. Además, el consumidor dispone de un derecho a desistimiento de 14 días aplicable en las compras de segunda mano realizadas por internet, sin que pueda ser penalizado en caso de arrepentirse de su compra.
En cuanto a la garantía, también se recuerda que en el caso de los productos de segunda mano no se contempla la posibilidad de sustituir el artículo en caso de fallo o disconformidad con la compra como en el caso de productos nuevos. En estas ocasiones se acepta la opción de reparar el producto, rebajar su precio o devolverlo.
Control en el etiquetado
El Portal del Consumidor también destaca que las tiendas de segunda mano especializadas en cualquier producto deben asegurar que los artículos a la venta se han revisado y deben cumplir requisitos específicos, como tener los productos correctamente etiquetados con datos del fabricante e instrucciones así como advertencias y riesgos de uso.
Asimismo, los establecimientos que venden este tipo de productos deben mostrar su precio final y facilitar el tique o la factura al cliente en el que figuren los datos de la tienda.
99 % de las reclamaciones, en compraventa de vehículos
Durante el año 2017 se presentaron en la Dirección General de Comercio y Consumo un total de 444, reclamaciones relacionadas con productos de segunda mano, un 26,5 % más que el año anterior. Del total de las quejas presentadas, un 99,1 % (440) correspondieron a la compraventa de vehículos. En cuanto a los motivos más frecuentes de las reclamaciones, destacan las referidas a la falta de atención en garantía (51,13 %), seguida por la venta de objeto defectuosa (18,7 %) e incumplimiento de contrato (7,2 %).
La legislación de consumo en las compras de segunda mano, si se realizan en un comercio, se aplica como en el resto de compras. Es decir, los establecimientos deben disponer de hojas de reclamaciones y se puede poner una reclamación a través de los organismos de consumo como las Oficinas Municipales de Información al Consumidor, a través de la Dirección General de Comercio y Consumo (C/ General Díaz Porlier, 35 de Madrid), o de la sede electrónica de la web de la Comunidad de Madrid, igual que si se tratara de productos nuevos.
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