El Ministerio de Sanidad, a propuesta del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma), ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la Orden Ministerial SND/440/2020, por la que se modifica la Orden SND/340/2020, de 12 de abril, que suspendió determinadas actividades relacionadas con obras de intervención en edificios existentes en las que exista riesgo de contagio por el COVID-19 para personas no relacionadas con dicha actividad.
Esta Orden ya fue modificada por la Orden SND/385/2020, de 2 de mayo, y, teniendo en cuenta la aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, se estima necesaria la adopción de medidas que permitan recuperar paulatinamente las actuaciones en edificios existentes para aquellas unidades territoriales en fase I y posteriores.
En la realización de las obras que quedan levantadas a partir de las 00:00 horas del día 25 de mayo de 2020, se garantizarán en todo caso las medidas adecuadas de higiene y la distancia mínima de seguridad.
La evolución de la crisis sanitaria que se desarrolla en el marco del estado de alarma, obliga a adaptar y concretar de manera continua las medidas adoptadas, para asegurar la eficiencia en la gestión de la crisis.
Esta Orden ya fue modificada por la Orden SND/385/2020, de 2 de mayo, y, teniendo en cuenta la aplicación del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, se estima necesaria la adopción de medidas que permitan recuperar paulatinamente las actuaciones en edificios existentes para aquellas unidades territoriales en fase I y posteriores.
En la realización de las obras que quedan levantadas a partir de las 00:00 horas del día 25 de mayo de 2020, se garantizarán en todo caso las medidas adecuadas de higiene y la distancia mínima de seguridad.
La evolución de la crisis sanitaria que se desarrolla en el marco del estado de alarma, obliga a adaptar y concretar de manera continua las medidas adoptadas, para asegurar la eficiencia en la gestión de la crisis.
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