
Ante este escenario, la Comunidad de Madrid, a través de la Dirección General de Comercio y Consumo, recomienda, en primer lugar, que recopile y conserve toda la documentación relacionada con la contratación del servicio, como la publicidad, el presupuesto, el contrato o las facturas.
A continuación, como consumidor afectado es conveniente ponerse en contacto con los responsables de la empresa mediante burofax, correo certificado, correo electrónico o cualquier medio que deje constancia, poniendo como asunto “incumplimiento de contrato”, para solucionar el problema por el que se ve afectado. Si el establecimiento ha cerrado y cuenta con sede central, debe dirigirse a ella.
En numerosas ocasiones ocurre que los consumidores optan por financiar los tratamientos dentales mediante créditos al consumo vinculados o bien adelantan el pago de algunas intervenciones, lo que produce que, ante el cierre y con el tratamiento interrumpido, haya que recuperar ese dinero invertido:
- En el caso de que haya suscrito un crédito al consumo vinculado, acuda a la entidad para anular dicho contrato de financiación por incumplimiento, ya que no le han prestado el servicio completo. Tiene derecho a dejar de pagar el préstamo y a la devolución total o parcial, según los casos, de las cantidades que ya hubiera abonado. Estos contratos constituyen una unidad comercial y, por tanto, el incumplimiento del contrato conlleva la resolución del préstamo.
- Si ha pagado al contado la totalidad o parte del importe de su tratamiento y no le ha sido posible ponerse en contacto con la empresa o bien su respuesta no ha sido satisfactoria, puede formular una reclamación ante los organismos de consumo que intentarán una intermediación para alcanzar una solución voluntaria y amistosa. También puede presentar una demanda judicial, personándose como acreedor para recuperar su inversión.
- Si ha pagado con una tarjeta de crédito, solicite a la entidad de crédito la anulación del cargo y el correspondiente reembolso en su cuenta.
Puede presentar la reclamación ante los organismos de Consumo acompañándola de toda la documentación relacionada con el caso (folletos, publicidad, contrato, etc.) y con el pago (facturas, entregas a cuenta, etc.). Además debe dejar claro en su escrito de qué manera se abonó el servicio: al contado o a través de un contrato de crédito al consumo vinculado.
Puede obtener más información en el 012, o en las Oficinas Municipales de Información al Consumidor y la Dirección General de Comercio y Consumo, donde le indicarán los pasos a seguir. Además, puede consultar la guía sobre clínicas dentales que tiene editada la Dirección General de Comercio y Consumo. Asimismo, puede obtener información sobre el cierre de clínicas dentales en el Portal del Consumidor de la Comunidad de Madrid.
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