El Consejo de Gobierno ha aprobado el anteproyecto de Ley de Radio Televisión Madrid que será debatido y aprobado por la Asamblea de Madrid. Con este anteproyecto, el Gobierno de Cristina Cifuentes apuesta por un nuevo modelo televisivo que, además de atender la realidad actual del sector audiovisual, sea plural y representativo de una sociedad dinámica y con distintas sensibilidades sociales como es la madrileña.
Para conseguir que este nuevo modelo de radio y televisión públicas tenga la estabilidad y solidez que todo proyecto necesita, se ha apostado por una limitación de mandatos superior a los cuatro años de una legislatura. Se establece la creación de una Carta Básica en la que se fijaran los objetivos generales para un periodo de 9 años. Dichos objetivos se aprobarán por mayoría cualificada de la Asamblea. Se defiende, también, el principio de que la realización y edición de los servicios informativos no puedan ser cedidas a terceros.
La elección del Director General y de los miembros del Consejo de Administración será por un periodo de 6 años, con el fin de que su composición no esté sujeta a los cambios políticos de cada legislatura, siendo elegidos por mayorías cualificadas de la Asamblea de Madrid. Igualmente, otra vez, se fija un periodo superior a 4 años para dar mayor estabilidad a los órganos de dirección.
Los mandatos no serán renovables en el caso de los miembros del Consejo de Administración, mientras que el Director General podrá obtener una única renovación. Los candidatos a formar parte del Consejo de Administración así como a Director General deberán comparecer previamente en audiencia pública ante la Comisión competente en la materia de la Asamblea de Madrid.
El Consejo de Administración estará compuesto por siete miembros con formación superior y experiencia en el sector y cualificación profesional comprobada, que hayan desempeñado funciones de administración, alta dirección y control en entidades públicas o privadas, o también méritos relevantes de carácter profesional, docente o de investigación en ámbitos relacionados con la comunicación. Todo ello durante un periodo mínimo de cinco años.
También se contempla la creación de un Consejo Asesor y, además, regula de forma detallada la programación en procesos electorales, las declaraciones y comunicaciones oficiales de interés público, el pluralismo democrático y derecho de acceso, así como el derecho de rectificación.
Igualmente, se apuesta por la profesionalidad a la hora de realizar nuevas contrataciones que deberán hacerse con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
En materia presupuestaria, se establecen disposiciones tendentes a garantizar el cumplimiento de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Suficiencia Financiera y la Ley de Comunicación Audiovisual de acuerdo con la normativa básica estatal. De esta manera, se contemplan medidas preventivas para evitar cualquier desajuste presupuestario, así como medidas de ajuste y reducción de gasto en el supuesto extraordinario de que se incurriera en desequilibrio presupuestario. En esta materia, se otorgan especiales facultades de supervisión y control a la Consejería competente en materia de Hacienda.
Para conseguir que este nuevo modelo de radio y televisión públicas tenga la estabilidad y solidez que todo proyecto necesita, se ha apostado por una limitación de mandatos superior a los cuatro años de una legislatura. Se establece la creación de una Carta Básica en la que se fijaran los objetivos generales para un periodo de 9 años. Dichos objetivos se aprobarán por mayoría cualificada de la Asamblea. Se defiende, también, el principio de que la realización y edición de los servicios informativos no puedan ser cedidas a terceros.
Apuesta por la profesionalidad
La elección del Director General y de los miembros del Consejo de Administración será por un periodo de 6 años, con el fin de que su composición no esté sujeta a los cambios políticos de cada legislatura, siendo elegidos por mayorías cualificadas de la Asamblea de Madrid. Igualmente, otra vez, se fija un periodo superior a 4 años para dar mayor estabilidad a los órganos de dirección.
Los mandatos no serán renovables en el caso de los miembros del Consejo de Administración, mientras que el Director General podrá obtener una única renovación. Los candidatos a formar parte del Consejo de Administración así como a Director General deberán comparecer previamente en audiencia pública ante la Comisión competente en la materia de la Asamblea de Madrid.
El Consejo de Administración estará compuesto por siete miembros con formación superior y experiencia en el sector y cualificación profesional comprobada, que hayan desempeñado funciones de administración, alta dirección y control en entidades públicas o privadas, o también méritos relevantes de carácter profesional, docente o de investigación en ámbitos relacionados con la comunicación. Todo ello durante un periodo mínimo de cinco años.
También se contempla la creación de un Consejo Asesor y, además, regula de forma detallada la programación en procesos electorales, las declaraciones y comunicaciones oficiales de interés público, el pluralismo democrático y derecho de acceso, así como el derecho de rectificación.
Igualmente, se apuesta por la profesionalidad a la hora de realizar nuevas contrataciones que deberán hacerse con respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
Sostenibilidad y viabilidad presupuestaria
En materia presupuestaria, se establecen disposiciones tendentes a garantizar el cumplimiento de la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Suficiencia Financiera y la Ley de Comunicación Audiovisual de acuerdo con la normativa básica estatal. De esta manera, se contemplan medidas preventivas para evitar cualquier desajuste presupuestario, así como medidas de ajuste y reducción de gasto en el supuesto extraordinario de que se incurriera en desequilibrio presupuestario. En esta materia, se otorgan especiales facultades de supervisión y control a la Consejería competente en materia de Hacienda.
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