![Cómo solicitar el Certificado (o volante) de empadronamiento en Madrid Cómo solicitar el Certificado (o volante) de empadronamiento en Madrid](https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjCKe_7VVAVPqlCBeEc2s-sMTjQJNvLJvuku7rstIQaudnt-wVgDw0ff2nW1HF8u0N4H8Pmno3eaYJL-IIKk0Urj9OoQ6B_OtQo4K4bh6J4xaCICI5rT-NfiISAZ-5395YCngpM/s800-Ic42/certificado-empadronamiento.png)
Certificado de empadronamiento
Es el documento que acredita la residencia y el domicilio habitual. Se solicita en los casos en que el documento tenga que presentarse ante los siguientes organismos o para las siguientes tramitaciones:
• Organismos judiciales (juzgados y tribunales)
• Organismos militares o autoridades extranjeras
• Registro Civil (matrimonios, nacionalidad, cambios de nombre y/o apellidos y adopciones, etc.)Declaraciones de herederos
• Otros Registros Oficiales, Centros penitenciarios, Dirección de Aduanas, INEM, Universidades
• Residencia por arraigo (es necesario acreditar tres años de residencia)
• Reconocimiento de situación de dependencia
Volante de empadronamiento
Es un documento de carácter informativo que indica la residencia y el domicilio habitual. En las tramitaciones de los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus Organismos Públicos y de la Comunidad de Madrid, en los que esté disponible el servicio, no será necesario aportar este documento, si el interesado AUTORIZA a la Administración correspondiente a comprobar su domicilio padronal. Se solicita entre otras, en las siguientes tramitaciones:
• Para la expedición del Documento Nacional de Identidad (DNI)
• Matriculación de vehículos
• Bonos de piscina, ayudas de Servicios Sociales
• Trámites en los procedimientos de la Comunidad de Madrid
• Trámites en los que no se exija expresamente el certificado, etc.
Cómo realizar el trámite
• En línea: a través de la web municipal, en el enlace que se encuentra a su disposición en el apartado Tramitar -> En Línea:
Sin identificación electrónica:
- Solicitud de volante de empadronamiento: se remitirá por correo postal al domicilio de empadronamiento en el plazo aproximado de diez días.
- Solicitud de certificado de empadronamiento: se remitirá por correo postal al domicilio de empadronamiento en el plazo aproximado de quince días.
Con identificación electrónica:
- Obtención de volante de empadronamiento: se obtendrá en el acto.
- Solicitud de certificado de inscripción padronal anterior al 1 de marzo de 1991 (a través del enlace ‘Registro Electrónico'). Para más información: consultar la ayuda.
• Por teléfono: llamando al teléfono 010 Línea Madrid (915 298 210 si llama desde fuera de la ciudad de Madrid).
• Por correo postal: enviando la petición por correo postal a la siguiente dirección: Dirección General de Estadística. Departamento de Datos Censales. C/ Cartagena nº 178, 4ª pl. - 28002 Madrid.
• Presencialmente: acudiendo a las Oficinas de Atención al Ciudadano (Línea Madrid) de los Distritos.
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