
El servicio de transporte escolar se presta de manera gratuita, con carácter general, a aquellos alumnos de niveles de enseñanza obligatoria (Primaria y Secundaria obligatoria) residentes en zonas rurales que deban ser escolarizados en un municipio distintos al de su residencia, según establece la LOE. Además, en la región este servicio se hace extensivo a los alumnos de 2º ciclo de Educación Infantil que residen en zonas rurales y están escolarizados en centros de otro municipio distinto.
Del mismo modo, tienen acceso al servicio de transporte gratuito los alumnos de segundo ciclo de Infantil, Primaria o Secundaria obligatoria que residen en barrios de tipología especial o núcleos chabolistas en los que interviene el IRIS (Instituto de Realojamiento e Integración Social), cuando carezcan de transporte público. También tienen transporte escolar gratuito los alumnos de centros de educación especial, siempre que el tipo de discapacidad, la falta de medios públicos de transporte y la distancia desde el domicilio al centro docente así lo justifiquen.
Además, para aquellos alumnos que por diversas circunstancias no puedan hacer uso de las rutas de transporte escolar contratadas por la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, anualmente se realiza una convocatoria de ayudas individualizadas al transporte para compensarles parcialmente por los gastos que supone el desplazamiento por sus propios medios al centro docente donde cursan estudios.
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