jueves, 2 de agosto de 2018

11% de rebaja en las tarifas aeroportuarias de Aena entre 2017 y 2021

Aena continúa con la aplicación del descenso de las tarifas aeroportuarias del 11% durante el periodo 2017-2021, tal y como establece el Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA) para ese quinquenio, aprobado por el Gobierno el 27 de enero de 2017. Esta rebaja pretende contribuir a fomentar el tráfico aéreo, la actividad turística y la dinamización de la economía, ya que Aena confía en que las compañías aeréas trasladen este descenso al precio de sus billetes.

Aeropuerto de Barajas
El marco tarifario recogido en el DORA establece que el esquema para la fijación de tarifas se basa en el principio de recuperación de costes esperados, de forma que los costes previstos para esos cinco años y la previsión de pasajeros marcan la senda tarifaria que Aena debe aplicar desde 2017 a 2021. Es decir, Aena tiene derecho a ingresar por los servicios aeroportuarios básicos una cantidad, el conocido como IMAP (Ingreso Máximo Anual por Pasajero).

El ejercicio 2017 ha sido el primer año de la regulación del DORA, por lo que ha sido la primera vez que Aena ha realizado el ajuste entre lo que está autorizada a ingresar por cada pasajero y lo que realmente ha obtenido. Una vez cerrado el ejercicio, Aena ha constatado que el ingreso ha sido menor al establecido en el DORA, por lo que tiene aplicar una corrección para recuperar esa cantidad en 2019.


Ese ajuste, recogido en la ley 18/2014, es la congelación tarifaria que el Consejo de Administración de Aena aprobó en su reunión del pasado 24 de julio. Esta medida no altera la rebaja total del 11% en las tarifas aeroportuarias durante el quinquenio 2017-2021.

En 2019 Aena aplicará incentivos comerciales a las compañías aéreas con el fin de que tenga un efecto positivo sobre la demanda y fomente, entre otros, el establecimiento de nuevas rutas y el fortalecimiento de las ya existentes. Además, mejorará la competitividad y conectividad de los aeropuertos de la red de Aena. Se establecen dos modalidades:

Incentivos por ruta a nuevo destino. Se aplicarán en todos los aeropuertos de la red de Aena y consistirán en un 75% de descuento en la tasa de pasajeros de salida en la primera temporada en la que se implanta esa ruta. En la temporada equivalente siguiente se aplicará un descuento adicional del 25% si la compañía aérea mantienen al menos el número de pasajeros de salida operados en dicha ruta.

Incentivos por crecimiento en rutas establecidas. Recoge dos tipos segmentos en los que se aplica el incentivo: uno el de los aeropuertos de menos de tres millones de pasajeros anuales, y otro el de las rutas de largo radio (más de 4.000 km de distancia) en todos los aeropuertos de Aena.

En ambos supuestos el incentivo es de un 75% de descuento en la tasa de pasajeros aplicable a los pasajeros adicionales de salida en la ruta en la temporada de verano o invierno de 2018, y un descuento adicional del 25% si la compañía aérea mantiene, menos, el mismo número de pasajeros en dicha ruta durante la siguiente temporada equivalente.

Además, se aplicará un descuento en los aeropuertos que presenten estacionalidad de entre los situados en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla (actualmente en esta categoría solo se encuentran los de Baleares). Se aplicará un 5% de descuento en la tasa de pasajero a los pasajeros adicionales de cada ruta durante la temporada de invierno de 2018, y un 5% adicional si la compañía mantiene al menos el mismo número de pasajeros en la ruta en la temporada de invierno de 2019.

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