domingo, 1 de enero de 2012

Calendario comercial 2012 de la Comunidad de Madrid

La nueva Ley de Dinamización del Comercio lo modificará


El Gobierno regional ha aprobado el calendario comercial para el próximo año 2012, que mantiene la apertura de 22 domingos y festivos, lo que consolida a la Comunidad como la región de mayor número de aperturas autorizadas de toda España, en donde la mayoría de regiones marcan los ocho mínimos fijados en la normativa estatal.

Calendario comercial 2012 de la Comunidad de Madrid
Este calendario estará vigente hasta que la Asamblea de Madrid apruebe la nueva Ley de Dinamización del Comercio madrileño, una norma pionera en España con la que el Ejecutivo regional dará libertad a todos los comercios para abrir todos los domingos y festivos del año. El anteproyecto de esta Ley está siendo sometido a trámite de audiencia con el Consejo de Comercio, el Consejo de Consumo y asociaciones empresariales durante esta semana.

La nueva medida liberalizadora de horarios no obliga a nadie a la apertura en festivos, pero da la posibilidad legal de hacerlo a aquellos empresarios que lo consideren una ventaja para su competitividad. El calendario aprobado no afecta a las Zonas de Gran Afluencia Turística ni a los comercios de menos de 300 metros cuadrados, que ya pueden abrir libremente todos los festivos que consideren oportunos.

Calendario aprobado por el Consejo de Comercio


El calendario de 22 festivos cuenta con la aprobación del Consejo para la Promoción del Comercio de la Comunidad de Madrid, en el que se encuentran representadas las organizaciones empresariales, de consumidores, sindicatos y otras entidades representativas. Además, de las 29 organizaciones y entidades principales del sector, entre organizaciones empresariales, sindicales y de consumidores, así como la Cámara de Comercio, el Consejo de Consumo de la región, la Federación de Municipios de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid.

Hasta la entrada en vigor de la nueva ley, en 2012 se abrirán un total de 12 domingos, con la excepción del 1 de enero, que al ser festivo nacional, será sustituido por el día 8 de enero. También se podrá abrir los domingos y festivos del mes de diciembre, excepto el día de Navidad, y el 15 de enero. Asimismo, se autorizará la apertura de aquellos domingos y festivos de especial atractivo comercial para el consumidor, y los coincidentes con períodos vacacionales: 19 de marzo, 8 de abril y el 12 de octubre, que es festividad nacional.

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