"Derogar normas obsoletas, eliminar trabas administrativas e innovar en el ordenamiento para impulsar el crecimiento económico". Éste es, en palabras de la alcaldesa, Ana Botella, el objetivo de la nueva Ordenanza de Dinamización de Actividades Comerciales en Dominio Público, cuyo contenido ha sido pactado con las asociaciones más representativas de comerciantes, hosteleros y empresarios de la alimentación de Madrid. De la importancia del nuevo texto dan cuenta los datos: va a beneficiar a 48.000 negocios minoristas que desarrollan su actividad en calles, plazas y mercados municipales, y que facturan al año más de 13.000 millones de euros.
La consolidación de los mercados municipales como lugares para emprender requiere agilizar la adecuación de estos a los cambios en los hábitos de consumo, facilitar su capacidad de respuesta a las nuevas demandas de la distribución comercial y simplificar los trámites para la implantación en estos de nuevas actividades. Todo ello redundara en un mayor atractivo de los mercados, tanto para los ciudadanos como para futuros inversores.
Con este fin, la norma agiliza el procedimiento de apertura de negocios en los 46 mercados municipales. Así, se incorpora ‘la figura de la declaración responsable', para la implantación en los mercados de las actividades que, conforme a la normativa específica, puedan acogerse a este régimen.
Los comerciantes instalados en estos equipamientos que se dediquen a la venta de productos no envasados podrán crear zonas de degustación en sus locales y, de forma agrupada, en los espacios comunes. De este modo, los titulares de estos negocios podrán así habilitar una zona de su local con mesas y servir refrescos y bebidas de baja graduación para que sus clientes puedan consumir en él los productos comercializados.
Inspirada en el funcionamiento de los coworkings para emprendedores, una de las aportaciones de la ordenanza es que el titular de un local podrá ceder su uso a varios operadores simultáneamente, de forma que se creen espacios de trabajo compartidos.
Entre las novedades de la nueva Ordenanza destaca la figura de las Zonas de Iniciativa Emprendedora. Estas zonas siguen el modelo de colaboración público-privada en la gestión urbana que rige en ciudades como Londres, Nueva York o Toronto. En el caso de Madrid, significa que los empresarios de cualquier eje comercial, constituyéndose previamente en Asociaciones Administrativas de Contribuyentes, podrán promover conjuntamente actuaciones de promoción y dinamización comercial en el espacio público, así como colaborar con la administración municipal en la prestación de servicios que contribuyan a hacer más atractivo su entorno.
Así, por ejemplo, los comerciantes de una zona de compras que quieran instalar banderolas u otros elementos decorativos en su calle a modo de reclamo podrán instar al Ayuntamiento para que apruebe y recaude una contribución especial destinada a financiar esta acción promocional.
Pero además de a estas Zonas de Iniciativa Emprendedora, las autorizaciones especiales se podrán conceder también a comerciantes integrados en mercados municipales o asociaciones que desarrollen de forma agrupada su actividad fuera de sus locales y en espacios de dominio público. Como ejemplo, Botella citó el caso de "una asociación de comerciantes que desee organizar en una plaza una pequeña feria con actividades para niños y casetas en las que vender sus productos a fin de acercar a los vecinos la oferta comercial que hay en su barrio".
Se adapta la normativa para dar cabida en los espacios públicos a nuevas prácticas comerciales y acciones de promoción. El Ayuntamiento podrá expedir autorizaciones especiales a los comerciantes gestores de los mercados municipales, asociaciones empresariales o zonas de iniciativa emprendedora, para que puedan desarrollar conjuntamente su actividad en plazas, calles y otros espacios públicos.
En cuanto a la venta ambulante, la regulación se mejora, al estilo de las grandes capitales del mundo, para que pueda autorizarse la venta de determinados alimentos envasados en puestos autorizados en la vía pública, siempre que se respete la normativa en materia de higiene, sanidad, calidad y seguridad alimentaria. De este modo, el Ayuntamiento a partir de ahora podrá licitar autorizaciones para que se instalen, a modo de ejemplo, puestos de ensaladas y sándwiches alrededor de estadios de fútbol.
Por otra parte, se regulan expresamente los mercadillos sectoriales. El régimen de autorizaciones estará sujeto a licitación que se ajustará estrictamente a criterios de interés público, concurrencia y objetividad. Se pretende así frenar la proliferación desordenada de estas actividades en Madrid. La nueva regulación da respuesta a las peticiones de los empresarios madrileños agrupados en torno a CEIM y sus asociaciones, por lo que la normativa municipal evitará la competencia desleal y garantizará de forma más eficaz la libre competencia.
Por último, la ordenanza mejora el régimen jurídico a que están sujetos los quioscos de prensa, flexibilizando algunas restricciones que pesan sobre estos situados y dando más facilidades a sus empresarios. Entre las novedades, cabe señalar que se incrementa el tamaño del quiosco estándar hasta 8 metros, con la posibilidad excepcional de llegar a los 12; se permite que exhiban publicidad de carácter cultural, además de la relativa a los productos que venden, y se quitan las limitaciones que pesaban sobre la contratación de personal.
La consolidación de los mercados municipales como lugares para emprender requiere agilizar la adecuación de estos a los cambios en los hábitos de consumo, facilitar su capacidad de respuesta a las nuevas demandas de la distribución comercial y simplificar los trámites para la implantación en estos de nuevas actividades. Todo ello redundara en un mayor atractivo de los mercados, tanto para los ciudadanos como para futuros inversores.
Con este fin, la norma agiliza el procedimiento de apertura de negocios en los 46 mercados municipales. Así, se incorpora ‘la figura de la declaración responsable', para la implantación en los mercados de las actividades que, conforme a la normativa específica, puedan acogerse a este régimen.
Los comerciantes instalados en estos equipamientos que se dediquen a la venta de productos no envasados podrán crear zonas de degustación en sus locales y, de forma agrupada, en los espacios comunes. De este modo, los titulares de estos negocios podrán así habilitar una zona de su local con mesas y servir refrescos y bebidas de baja graduación para que sus clientes puedan consumir en él los productos comercializados.
Inspirada en el funcionamiento de los coworkings para emprendedores, una de las aportaciones de la ordenanza es que el titular de un local podrá ceder su uso a varios operadores simultáneamente, de forma que se creen espacios de trabajo compartidos.
Colaboración público privada
Entre las novedades de la nueva Ordenanza destaca la figura de las Zonas de Iniciativa Emprendedora. Estas zonas siguen el modelo de colaboración público-privada en la gestión urbana que rige en ciudades como Londres, Nueva York o Toronto. En el caso de Madrid, significa que los empresarios de cualquier eje comercial, constituyéndose previamente en Asociaciones Administrativas de Contribuyentes, podrán promover conjuntamente actuaciones de promoción y dinamización comercial en el espacio público, así como colaborar con la administración municipal en la prestación de servicios que contribuyan a hacer más atractivo su entorno.
Así, por ejemplo, los comerciantes de una zona de compras que quieran instalar banderolas u otros elementos decorativos en su calle a modo de reclamo podrán instar al Ayuntamiento para que apruebe y recaude una contribución especial destinada a financiar esta acción promocional.
Pero además de a estas Zonas de Iniciativa Emprendedora, las autorizaciones especiales se podrán conceder también a comerciantes integrados en mercados municipales o asociaciones que desarrollen de forma agrupada su actividad fuera de sus locales y en espacios de dominio público. Como ejemplo, Botella citó el caso de "una asociación de comerciantes que desee organizar en una plaza una pequeña feria con actividades para niños y casetas en las que vender sus productos a fin de acercar a los vecinos la oferta comercial que hay en su barrio".
Comercio en los espacios públicos
Se adapta la normativa para dar cabida en los espacios públicos a nuevas prácticas comerciales y acciones de promoción. El Ayuntamiento podrá expedir autorizaciones especiales a los comerciantes gestores de los mercados municipales, asociaciones empresariales o zonas de iniciativa emprendedora, para que puedan desarrollar conjuntamente su actividad en plazas, calles y otros espacios públicos.
En cuanto a la venta ambulante, la regulación se mejora, al estilo de las grandes capitales del mundo, para que pueda autorizarse la venta de determinados alimentos envasados en puestos autorizados en la vía pública, siempre que se respete la normativa en materia de higiene, sanidad, calidad y seguridad alimentaria. De este modo, el Ayuntamiento a partir de ahora podrá licitar autorizaciones para que se instalen, a modo de ejemplo, puestos de ensaladas y sándwiches alrededor de estadios de fútbol.
Por otra parte, se regulan expresamente los mercadillos sectoriales. El régimen de autorizaciones estará sujeto a licitación que se ajustará estrictamente a criterios de interés público, concurrencia y objetividad. Se pretende así frenar la proliferación desordenada de estas actividades en Madrid. La nueva regulación da respuesta a las peticiones de los empresarios madrileños agrupados en torno a CEIM y sus asociaciones, por lo que la normativa municipal evitará la competencia desleal y garantizará de forma más eficaz la libre competencia.
Por último, la ordenanza mejora el régimen jurídico a que están sujetos los quioscos de prensa, flexibilizando algunas restricciones que pesan sobre estos situados y dando más facilidades a sus empresarios. Entre las novedades, cabe señalar que se incrementa el tamaño del quiosco estándar hasta 8 metros, con la posibilidad excepcional de llegar a los 12; se permite que exhiban publicidad de carácter cultural, además de la relativa a los productos que venden, y se quitan las limitaciones que pesaban sobre la contratación de personal.
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