lunes, 20 de abril de 2015

Novedades del Plan PIVE 7 -Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente- en 2015

Novedades del Plan PIVE 7 -Programa de Incentivos al Vehículo Eficiente- El Real Decreto 124/2015, de 27 de febrero por el que se regula el Plan PIVE 7, tiene asignada una dotación presupuestaria de 175.000.000 euros, para aplicar a las solicitudes realizadas en el marco del citado Plan PIVE 7, así como a las solicitudes provisionales registradas en el marco del Plan PIVE 6 que no hubieran podido ser activadas por falta de disponibilidad presupuestaria, tal y como establece el Real Decreto 988/ 2014 de 28 de noviembre.

Teniendo en consideración lo anterior y a fecha 2 de marzo de 2015, el presupuesto disponible a aplicar a las solicitudes del Plan PIVE 7 es del orden de 33 millones de euros.

El Plan PIVE 7 pretende promover la baja incentivada de aproximadamente 175.000 vehículos con más de 10 años de antigüedad, en el caso de vehículos turismo (categoría M1), y más de 7 años, en el caso de vehículos comerciales ligeros (categoría N1) y modernizar el parque incentivando la adquisición de vehículos nuevos de alta eficiencia energética.

Impacto energético y ambiental


IDAE calcula que el ahorro energético asociado a esta iniciativa rondará los 60 millones de litros de combustible al año, equivalente a 339.000 barriles de petróleo, con una reducción de emisiones de gases de efecto invernadero de 125.000 toneladas de CO2/año.

Considerando adicionalmente el impacto energético y medioambiental de las convocatorias anteriores (PIVE, PIVE-2, PIVE-3, PIVE-4, PIVE 5 y PIVE 6), el ahorro energético estimado total acumulado del Programa es del orden de 308 millones de litros de combustible al año, equivalente a 1.961.542 de barriles de petróleo al año y con una reducción de emisiones de gases de efecto invernadero de 634.238 toneladas de CO2/año, todo ello producido por la renovación de cerca de 885.000 vehículos turismos y comerciales ligeros.

Ayuda pública


1.000 €, condicionada a aplicación de descuento de al menos otros 1.000€ por punto de venta.
1.500 €, condicionada a aplicación de descuento de al menos otros 1.500€ por el punto de venta en casos de familias numerosas para adquisición de vehículos turismos de más de 5 plazas y para personas con discapacidad que acrediten movilidad reducida y adquieran un vehículo ya adaptado.

Incompatibilidades (nuevo en PIVE 7)


A diferencia de planes PIVE anteriores, el Plan PIVE 7 será INCOMPATIBLE con cualquier otra ayuda de la Administración General del Estado.

Beneficiarios (nuevo en PIVE 7)


Como novedad, en el caso de beneficiarios que sean personas físicas, éstas habrán de ser MAYORES DE EDAD, salvo en el caso de menores discapacitados, que no se encuentran sujetos a condicionamiento de edad.

Límite de base imponible (nuevo en PIVE 7)


20.000 € para vehículos turismo (M1) de clase energética B, con emisiones superiores a 120 gCO2/km.
25.000 € para vehículos de gasolina, gasóleo, GLP o Gas Natural, salvo la excepción anteriormente citada de turismos con clase energética B y emisiones superiores a 120 gCO2/km.
30.000 € en las salvedades consideradas en el apartado anterior de familias numerosas y para personas con discapacidad que acrediten su movilidad reducida y vehículo adaptado.
40.000 € para los vehículos eléctricos, híbridos enchufables y eléctricos de autonomía extendida.

Distribución de mercancías con vehículos eléctricos por TNT Express y Calidad Pascual

Vehículo a achatarrar (nuevo en PIVE 7)


Los vehículos habrán de ser Turismos (M1) de más de 10 años y Comerciales (N1) de más de 7 años.
Aportación de fotocopia del último recibo, debidamente abonado del IVTM, al menos al año 2014.
Como NOVEDAD, se exigirá que el vehículo cuente con la Inspección Técnica de Vehículos vigente a la fecha de entrada en vigor del Plan PIVE 7.
Otra NOVEDAD consiste en la exigencia de que el adquirente titular del vehículo susceptible de ayuda ostente la titularidad del vehículo achatarrado al menos durante los doce meses anteriores a la fecha de solicitud de la ayuda.

Gestión de solicitudes (nuevo en PIVE 7)


Mismo procedimiento de gestión que en PIVE 6: se habilita al punto de venta para que pueda operar en la aplicación establecida para la gestión del programa y para que cargue la documentación en la misma. No se requiere el envío de la ficha de solicitud en formato papel.
Se exigirá la FACTURA A NOMBRE DEL BENEFICIARIO, salvo en los casos de leasing.
En los casos en que se emitan facturas rectificativas que impliquen una devolución al cliente, deberá aportarse un “Recibí” firmado por el cliente en el que identifique la solicitud y conste la devolución correspondiente.

No retroactividad de las operaciones


Al igual que en los planes PIVE, PIVE 2, PIVE 3, PIVE 4, PIVE 5 y PIVE 6, sólo se admitirán operaciones cuyas bajas definitivas, adquisiciones y matriculaciones de vehículos tengan lugar a partir del día 1 de Marzo de 2015 (fecha en que surte efectos el Plan), con la única excepción de las reservas provisionales no activadas del Plan PIVE 6, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 988/2014 de 28 de noviembre y que se detalla a continuación.

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